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Moción cuenta con discusión inmediata:

Control de armas contempla sistemas de trazabilidad y requisitos para la tenencia

Estos fueron algunos de los principales puntos aprobados por las comisiones especializadas en el estudio del articulado que ahora deberá ser analizado desde el punto de vista presupuestario.

23 de agosto de 2021

En condiciones de ser visto por los integrantes de la Comisión de Hacienda,  para que se pronuncien sobre las materias de su competencia quedó el proyecto de control de armas. Esto luego que los integrantes de las comisiones de Defensa Nacional y de Seguridad Pública concluyeran el despacho de las indicaciones presentadas.

 

La iniciativa que cursa segundo trámite, corresponde a un refundido de diversas mociones vinculadas al uso, porte, comercialización, detonación e inscripción de distintos tipos de armamentos y las penas asociadas. La idea es actualizar toda la normativa considerando cómo ha evolucionado la delincuencia, la autofensa y el tiro deportivo, entre otros fenómenos.

 

Los congresistas de las citadas comisiones analizaron desde marzo de este año, la gran cantidad de mejoras presentadas al texto aprobado en general. Asimismo, los legisladores anticiparon que, una vez que la Sala revise la propuesta, ésta deberá un tercer trámite dado los numerosos cambios que se han realizado.

 

En las próximas semanas, lo acordado deberá ser revisado por Hacienda considerando los costos de implementación y fiscalización, como también lo relacionado a los registros que se crean.

 

Algunos aspectos zanjados por los congresistas son los siguientes:

  • Lo más destacado por los senadores fue haber establecido un sistema de trazabilidad. Así se realizará un seguimiento de un arma, componentes relacionados y de las municiones desde su importación hasta el destino final o comprador.
  • Los lugares de acopio, práctica o expendio deberán tener resguardos de seguridad especiales y acorde al material que alberguen.
  • Cada cinco años aquellos que porten armas deberán ratificar las condiciones para hacerlo (examen de idoneidad). Cada dos años deberán acreditarse las personas que presenten problemas de salud que incidan en la capacidad de uso.
  • Requisitos para la tenencia: no tener condenas sobre todo causas por violencia intrafamiliar, ni procesos judiciales pendientes ni dos pérdidas de armas en un margen de 5 años. En el caso de los robos de armas, se dejó en manos de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) evaluar cada caso.
  • Límite de tenencia de armas: personas naturales: 2, deportistas: 6 y coleccionistas: 20.
  • Se abrirá un periodo transitorio para la inscripción de armas de fantasía (fogueo) que permitirá su comercialización.
  • En las armerías deberá exhibirse la normativa de control de armas, haciendo un símil de lo que ocurre con la ley de alcoholes en las botillerías. Esto también se aplicará a lugares de práctica como polígonos, clubes y similares; incluso en las instituciones de Orden y Seguridad en sus propias armerías.
  • La DGMN, y las Fuerzas de Orden y Seguridad elaborarán anualmente un plan que deberá ser aprobado por el Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
  • La DGMN podrá evaluar las excepciones para deporte, museos y colecciones siempre velando por no establecer flexibilidades que pasen a convertirse en norma

 

 

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