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Despenalización del aborto

10 de junio de 2014

Es ambiguo que se apruebe una ley para asesinar, si la misma ley penaliza el asesinato. No puedo entender que los no nacidos merezcan pena de muerte, sin embargo los violadores y asesinos tienen derecho a la vida y a defensa;  que existe más cuidado por el bienestar de las mascotas, que por la vida y dignidad de los niños que están por nacer.

 

Con la lluvia de argumentos que diariamente se esgrimen sobre la despenalización del aborto, debemos considerar el problema en su magnitud, y procurar descifrar los principios morales y legales que esto conlleva.

¿Es lícito o ilícito provocar un aborto?  

 

Nadie puede negar que el embrión es un propio sistema autorregulado, que posee unidad por sí misma, sólo que unido a otra vida que le sirve de medio de desarrollo. Si se admite que existe un derecho de propiedad de la mujer para con su cuerpo, este derecho no se extiende, exactamente igual, sobre el producto de la concepción que, como hemos dicho, además de ser "otro" cuerpo, proviene por igual del varón que, en buena lógica, convertiría en algo lícito la automutilación e incluso el suicidio, lo cual es bastante discutible; considerado desde el punto de vista de su relación con los demás, ¿no parece que sería justo apelar al derecho limitado sobre el propio cuerpo si se da el caso que, al actuar sobre él, eludimos otras responsabilidades adquiridas?

 

Por ejemplo: Si me he comprometido a asistir a alguien durante una operación, donando mi sangre, no puedo, durante dicha operación, invocar de pronto el derecho absoluto sobre mi propio cuerpo y abandonar al paciente provocándole la muerte. También la obligación de no provocar cargas innecesarias a los demás convierte en una obligación moral el evitar daños innecesarios sobre nuestro propio cuerpo, y por eso el Estado prohíbe el consumo de drogas, o bien obliga al uso del cinturón de seguridad en los vehículos.

 

Invocar el derecho sobre el propio cuerpo y abortar sería un caso parecido, en muchas ocasiones, a los propuestos: dado que en la mayoría de los casos se supone que el embarazo ha sido consecuencia prevista de una acción realizada libremente, sería irresponsable querer luego librarme de esa responsabilidad invocando el derecho absoluto sobre mi propio cuerpo. Argumentar la no humanidad del embrión no viene al caso, no se le puede negar al embrión la realidad que denominamos "humana", porque viene de la unión de un hombre y una mujer “humanos”, lo cual efectivamente lo hace humano, en el sentido de que no es embrión de un perro.  Entonces, “es lo mismo matar un embrión humano que matar una persona humana”.

 

Si los derechos de la madre prevalecen en casos de conflictos económicos o emocionales, habría que preguntarse entonces ¿cómo se puede legislar sobre algo que aún no ha ocurrido, sino que ocurrirá?  ¿Cómo se puede demostrar que la madre sufrirá trastorno psicológico, por ejemplo? Por la misma razón, el que se oponga al aborto podrá aludir que, en muchos casos, las madres que se sometieron a un aborto sufrieron trastornos psicológicos y emocionales, causados, en gran parte, por el sentimiento de culpabilidad ante la acción cometida y, por tanto, en orden a evitar un trastorno futuro de la madre, no se debería permitir el aborto.

 

Una legislación que despoje prácticamente de todo derecho al producto de la concepción, puede incurrir en ciertas incongruencias difíciles de solucionar. Los motivos de la madre para abortar podrían entrar en conflicto abierto con terceros, al padre no le está permitido no querer ser padre, se le penaliza por ello.  De este modo, a él no se le permite intervenir en el caso de que quiera al embrión y la madre no lo quiera, y tampoco se le permite que "no" quiera intervenir y quiera eludir su responsabilidad de padre.

 

Nadie tiene el derecho de privar del derecho a vivir a otra persona, al consentirlo estaríamos frente a feticidio ya que se refiere a la muerte dada violentamente al feto, señalando que" El feticidio es la muerte dolosa del feto dentro del útero, o se entiende la violenta expulsión del vientre materno, de la que sigue la muerte del feto"

“Estas son verdades que consideramos evidentes: todos los hombres han sido creados iguales, su Creador los ha dotado de ciertos derechos inalienables, entre ellos, el derecho a la vida... y para asegurar estos derechos se han instituido los gobiernos entre los hombres...”

 

Acaso se aprobará una ley que nos convierta a todos en transgresores de:

- Los derechos fundamentales son inherentes al ser humano, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad.  Imprescindible para el desarrollo y la libertad de las personas, e irrenunciable del estatuto jurídico del individuo.

- Los derechos humanos, que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición».

- Los derechos constitucionales  esenciales en el sistema político que están especialmente vinculados a la dignidad humana.

 

Como dato anexo, el infanticidio femenino o los abortos han provocado un gran desequilibrio entre los dos sexos en algunas regiones. Un informe de la ONU calculó en 2007 que “faltarían” unos 100 millones de niñas en el mundo, 80 millones de las cuales en China e India. Esto podría llevar en un futuro a un aumento de la trata de niñas o a que se obligara a las mujeres a casarse con más de un hombre.

 

A esto llamamos “Desequilibrio de la naturaleza”.  No es deber del mismo ser humano cuidar de la vida en todas sus expresiones…

 

Por todo lo antes expuesto y por los derechos inalienables del ser humano, es que no es posible legislar a favor del aborto.

 

María Soledad Gálvez Carmona

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