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Estatuto Chileno Antártico: Sala deberá pronunciarse sobre el articulado del proyecto

La Comisión de Relaciones Exteriores elaboró un nuevo segundo informe, que contiene una serie de indicaciones que perfeccionan el texto en diferentes áreas, con el fin de armonizar la legislación nacional y que esté acorde con el Tratado Antártico.

17 de julio de 2020

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Tras varias y exhaustivas sesiones de análisis, la Comisión de Relaciones Exteriores -presidida por el senador Juan Pablo Letelier- concluyó con la votación de las indicaciones al proyecto que crea el Estatuto Antártico, por lo que ahora el texto legal, en segundo trámite constitucional, deberá ser sancionado por la Sala del Senado.

 

La iniciativa de ley persigue, por una parte, impulsar la activa participación en la gestación, implementación y desarrollo de un régimen antártico efectivo, a partir del Tratado Antártico de 1959, y, por otra, adecuar las normas de derecho interno que rigen en el Estado de Chile.

 

PERFECCIONES

 

Cabe recordar que el proyecto volvió a la Comisión por observaciones de diferentes entidades, entre otras, de la Corte Suprema, Ministerio Público y del diálogo entre la Cancillería, el Ministerio de Defensa y el de Medio Ambiente.

 

El mensaje ahora, según indicó el Canciller Teodoro Ribera, “avanza estando acorde con el Tratado Antártico y se acogieron algunas observaciones de -por ejemplo- la Corte Suprema respecto a las competencias, como la ambiental” (infracciones y reparatorias).

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En esta línea, las recomendaciones al texto precisan que “los extranjeros que realicen labores de investigación o científica no quedarán sujetos a la jurisdicción del ordenamiento chileno”, en concordancia con el Tratado Antártico. Al respecto, el Ministro de Relaciones Exteriores agregó que se debe alcanzar un equilibrio.

 

Así, el texto indica que la Competencia del Tribunal no se extenderá a las personas extranjeras señaladas en el Tratado Antártico y en la Convención de los Recursos Vivos Marinos Antárticos.

 

Para una reclamación en contra de una resolución de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, que imponga multa, se podrá efectuar ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. Además, se precisaron algunos montos de multas y algunas sanciones.

 

ASPECTOS GENERALES

 

El proyecto busca proteger y fortalecer los derechos soberanos antárticos de Chile, con claros fundamentos geográficos, históricos, diplomáticos y jurídicos. Establecer los principios conforme a los cuales el Estado de Chile, a través de los órganos competentes, conduce la política antártica y ejerce sus competencias en materia antártica.

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Asimismo, se promueve la protección y el cuidado del medioambiente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados, así como su condición de reserva natural, dedicada a la paz y a la investigación científica, a través del reforzamiento y profundización del Sistema del Tratado Antártico.

 

Se suman a los objetivos el avanzan en potenciar y regular las actividades antárticas de Chile, incrementando su calidad de prestador de servicios operativos, logísticos, tecnológicos y científicos antárticos, e incentivando el desarrollo del país ligado a las actividades antárticas, estatales y no estatales; además de fomentar la actividad antártica de Chile, promoviendo el desarrollo social y económico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

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