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La necesidad del vínculo

Por Jaime Orpis, senador XV Región de Arica y Parinacota y I Región de Tarapacá

12 de septiembre de 2013

Imagen foto_00000002Ante la posibilidad de que los chilenos que viven en el extranjero tengan derecho a sufragio, creo que es fundamental e importante que quienes tengan este derecho posean un vínculo real con el territorio. Porque a ellos directamente les van a afectar las decisiones que se adopten, particularmente tratándose de quien va a presidir los destinos de la nación o incluso los plebiscitos.

 

Me he puesto en este escenario y pienso que hay dos circunstancias distintas, por lo que he presentado una indicación sustitutiva a esta norma.

 

En primer lugar, hay situaciones en que, por razones de trabajo, por razones de estudio, transitoriamente hay personas que están residiendo en el extranjero. Y por eso la indicación apunta a que estas personas van a tener derecho a votar en los respectivos consulados. Porque el vínculo se va a mantener con el país, ellos regresarán después de que terminen el trabajo o estudios.

 

Sin embargo, y como segundo escenario, cuando en forma voluntaria un chileno decide residir en el extranjero de manera permanente, a mí no me parece que -habiéndose perdido ese vínculo- se mantenga el derecho a sufragio en el extranjero.

 

Es por eso, y en la línea de lo que han realizado otros países, también he consagrado en la indicación que he presentado: que transcurridos cinco años desde que un chileno, voluntariamente, reside en el extranjero, pierde el derecho que se establece en la propuesta para efectos de votar en el extranjero.

 

Quiero recalcar que me parece muy importante el lazo real con el territorio, porque son ellos a quienes les van a afectar las decisiones de las propias autoridades.

 

Y, simplemente, lo que he hecho para reafirmar este concepto, es lo que establece el artículo 14 de la Constitución. Cuando un extranjero decide avecindarse en Chile tiene derecho a sufragio, pero esto no es inmediato, sino que debe estar avecindado durante cinco años. Y el legislador ha establecido los cinco años, porque lo que persigue es que ese extranjero tenga un arraigo con nuestro país; que se vayan generando raíces con nuestro país, y a partir de eso, evidentemente que va a tener derecho a sufragio.

 

Creo que el proyecto de reforma constitucional que se nos propone es un cambio absolutamente radical, en términos que el vínculo es indiferente, este es un criterio que en lo personal no comparto.

 

Por lo ya expuesto es que he propuesta la indicación sustitutiva, respecto de los que residen transitoriamente, y hasta cinco años una vez que voluntariamente un chileno decide avecindarse de manera permanente en el extranjero.

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