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Ley de Televisión Digital: “Muchos conceptos vulneran normas constitucionales”

Por Jovino Novoa, senador por la Región Metropolitana de Santiago

18 de octubre de 2013

Imagen foto_00000002Luego de casi cinco años de tramitación, esta semana el Senado despachó el proyecto de ley de televisión digital terrestre. Esta iniciativa tuvo una larga discusión, lo que es bastante inexplicable, puesto que su propósito era avanzar en tecnología, y simplemente determinar la normativa para que se migrara de un sistema de transmisión análogo a uno digital.

 

Lamentablemente, algunos sectores utilizaron este proyecto de ley para levantar un debate sobre los contenidos que debe tener la televisión. Lo sorprendente es que lo hicieron, haciendo caso omiso de que la televisión digital y el avance tecnológico traen aparejado la multiplicación de las propuestas programáticas y la diversidad de contenidos.

 

Con la televisión digital entre los canales nacionales, regionales, locales y comunitarios, bien se puede llegar a centenares de alternativas para los televidentes, eso sin contar con la variada oferta que existe a través de internet. Por lo tanto, pretender regular los contenidos, como se hacía en el pasado, cuando los concesionarios eran pocos y la oferta limitada es tener una mirada anacrónica de la televisión. En los tiempos actuales constituye un absurdo intentar limitar el acceso de la gente a la información, la cual fluye por conductos que el Estado no puede ni debe controlar.

 

Si bien voté a favor de la iniciativa porque estoy convencido que es un avance importante en tecnología, creo que esta tiene muchos aspectos negativos, algunos incluso que vulneran normas constitucionales. Muchas de estas inconstitucionalidades tienen su origen en las ansias regulatorias de algunos parlamentarios, que creen que es posible dirigir las preferencias de las personas a través de la ley.

 

Uno de los puntos más complejos es establecer en la ley un concepto de pluralismo, incluyendo en el algunas cosas y excluyendo otras, y establecer como obligación de los canales tener que “promover” esta particular definición, atentando contra la libertad editorial de este medio de comunicación.

 

A su vez, la ley obliga a los canales de televisión a transmitir gratuitamente las campañas públicas, siendo que ningún otro medio de comunicación tiene dicha obligación. Lo anterior, no solo constituye una intromisión indebida a la línea editorial de los canales (no podrán negarse a transmitir una campaña que vaya en contra de su línea editorial), sino que además una discriminación arbitraria de medios. Asimismo, la norma establece otra diferencia arbitraria, como permitir una segunda concesión a TVN, en circunstancias que lo prohibe para los demás concesionarios.

 

Finalmente, establece cargas desproporcionadas para algunas empresas privadas (los permisionarios de servicios limitados de televisión) en beneficio de otros empresarios (los canales locales), ya que se obliga a los primeros a transmitir gratuitamente las señales de hasta cuatro canales locales (lo que se denomina el “must carry”).

 

La llegada de la televisión digital debiera estar al servicio de las personas para entregarles más libertad, más opciones, mayor variedad, más diversidad, pero algunos aspectos de este proyecto no van en esa línea, sino que al contrario coartan la libertad de las personas al profundizar la injerencia estatal.

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