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Fortalecimiento de sanciones al delito de incendio

'Ley Juan Barrios': Senado aprueba veto que repone penas

La Sala respaldó las dos observaciones que hizo el Ejecutivo y ahora solo resta que la Cámara Baja se pronuncie para que la iniciativa quede en condiciones de ser completamente despachada por el Congreso.

23 de noviembre de 2021

El proyecto que modifica el Código Penal para fortalecer las sanciones por el delito de incendio, más conocido como "Ley Juan Barrios" en memoria del transportista que falleció luego que fuera incendiado el vehículo en el que dormía, quedó a un paso de ser despachado por el Congreso luego que el Senado aprobara las dos observaciones que hizo el Ejecutivo a la iniciativa. (Boletines 13.719-07 y 13.716-07 refundidos)

 

Se trata de una observación que vuelve sobre la propuesta del artículo 475 del Código Penal manteniendo la pena original de presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo, es decir, desde 10 años y un día a perpetuidad. Esto fue aprobado con 27 votos a favor y 1 voto en contra.

 

La segunda observación busca hacer ajuste de derecho inter temporal, para ver qué disposición aplicar en determinados momentos, pues según el Ejecutivo, cerca de 89 personas que han sido condenadas podían quedar en libertad con el beneficio pro reo, donde se aplica la ley más beneficiosa para el reo. Esto fue aprobado con 15 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones.

 

El senador José Miguel Insulza presidente de la Comisión de Seguridad Pública fue quien explicó los alcances de ambos vetos, señalando que, de no aprobarse, el delito se quedaría sin sanción.

 

INTERVENCIONES

 

Previo a la votación en Sala también intervino el Ministro del Interior, Rodrigo Delgado, quien explicó ambas observaciones.

No obstante, en la Sala se plantearon algunas aprensiones respecto de la segunda observación, pues según manifestó el senador Francisco Huenchumilla, introducir una norma legal de jerarquía inferior en un principio constitucional, genera "ruido" en este proyecto y podría generar presentaciones ante el Tribunal Constitucional de ahí la diferencia en las votaciones.

 

Durante la votación intervinieron los senadores:

 

 

Alejandro Navarro

"Esta ley tiene un espíritu de todos compartimos…no queremos más incendios ni vehículos quemados…condenamos el asesinato de Juan Barrios, pero esta ley no va a solucionar el tema de fondo"

 

Iván Moreira

"La seguridad pública se ha vuelto un tema urgente para todos los chilenos que han visto como la delincuencia ha aumentado... votar en contra de este proyecto por las razones que sea, es no entender que podrían salir libres asesinos, homicidas"

 

Claudio Alvarado

"Estamos colocando una sanción para que estos hechos nunca más vuelvan a repetirse… Esto ayuda a contribuir a bajar este tipo de delitos y ojalá a aumentar la paz social"

 

José Miguel Insulza

"Estamos votado un veto para mejorar un proyecto de ley que viene de una tragedia humana…este vehículo (camión) y otros no estaban incluidos en las penas del delito de incendio. Lo que estamos haciendo es corregir un error en la ley"

 

Francisco Huenchumilla

"Estamos viendo un problema procesal penal, en que se cometió un error en la tramitación y corresponde buscarle una salida y es lo que se está haciendo en este veto en su primera parte… tengo una prevención respecto del segundo veto"

 

José García Ruminot

"Esta ley es para todo el país. ..El delito de incendio siempre ha sido severamente castigado, pero no estaba señalado que podía ser un camión y por eso estamos corrigiendo la ley. Se corrige un lamentable vacío en la legislación"

Fancisco Chahuán

"Acá no se esta subiendo el rango de penas, sino que se está aclarando para que algunos hechos no queden en la impunidad. Va en la línea correcta" 

 

OBSERVACIONES

 

La primera observación señala que "serán castigados con esa penalidad el que incendie un edificio, aeronave, buque, plataforma naval, vehículos de transporte público de pasajeros, automóviles de dos o más plazas, camiones, instalaciones de servicios sanitarios, de almacenamiento o transporte de combustibles, de distribución o generación de energía eléctrica, portuaria, aeronáutica o ferroviaria, incluyendo las de trenes subterráneos, u otro lugar, medio de transporte, instalación o bien semejante, siempre que allí hubiere una o más personas y su presencia se pudiese prever".

 

 La segunda observación busca hacer ajuste de derecho inter temporal, para ver qué disposición aplicar en determinados momentos, pues cerca de 89 personas que han sido condenadas podían quedar en libertad con el beneficio pro reo, donde se aplica la ley más beneficiosa para el reo.

 

 De ahí que se plantea, que "los hechos perpetrados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley, así como las penas y las demás consecuencias que correspondiere imponer por ellos, serán determinados conforme a la ley vigente al momento de su perpetración".

 

Agrega que "si la presente ley entrare en vigor durante la perpetración del hecho se estará a lo dispuesto en ella, siempre que en la fase de perpetración posterior se realizare íntegramente la nueva descripción legal del hecho", entre otras disposiciones.

 

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