Click acá para ir directamente al contenido

Luces y sombras de la nueva regulación de cobro de estacionamientos

Por Adriana Muñoz, senadora por la región de Coquimbo

30 de septiembre de 2016

Imagen foto_00000014El Congreso Nacional despachó en los últimos días el proyecto de ley que modifica la normativa vigente en materia de regulación del cobro en los estacionamientos. La iniciativa llevaba varios meses discutiéndose y había generado interés y expectativas en la ciudadanía.

 

Desde un comienzo hubo tres materias principales en discusión: la existencia de un período inicial gratuito; el cobro en establecimientos de salud que presten servicios de urgencia y la forma de tarificar, con el fin de eliminar ciertos mecanismos de cómputo del tiempo o recargos abusivos.

 

La solución final, emanada de una Comisión Mixta y que, en definitiva, fue aprobada por amplio margen en ambas cámaras, no me dejó satisfecha y, por ello voté en contra. Me parece importante explicar las razones de estas objeciones.

 

Destaco, en primer término, como avances, los aspectos en que no hubo discusión, como son la eliminación de los cargos en recintos de salud, cuando éstos sean utilizados con ocasión de servicios de urgencia o emergencia, y durante el tiempo que duren éstas o por pacientes que presenten dificultad física permanente o transitoria para su desplazamiento.

 

También es positiva la obligación de disponer de sistemas de tarificación más justos,  que minimicen los cobros por períodos vencidos, o sea por fracciones como la media hora, que significan que el usuario siempre termina pagando por lapsos que no ocupó.

 

Asimismo, es relevante terminar con el cobro arbitrario por pérdida del ticket. Ello llevaba a tener que pagar multas muy elevadas o a veces el día completo. En este caso, se establece que la obligación de llevar un registro que permita verificar el tiempo efectivo de permanencia es de quien presta el servicio.

 

Sin embargo, hay dos materias que han merecido observaciones. El primero es la inexistencia de normas que consagren en forma expresa la gratuidad de la primera media hora. No se llegó a esa redacción. Algunos sostuvieron que sería inconstitucional incorporarlo.

 

Ello puede estar en el espíritu de lo acordado, pero no se concretó en el texto. Si ocurre será una concesión de los dueños de los estacionamientos, especialmente en los centros comerciales, en el ejercicio de su atribución de fijar sus políticas comerciales, pero no una obligación legal.

 

En segundo término, han surgido muchas dudas respecto de modificaciones introducidas en relación a la responsabilidad de los prestadores del servicio por daños ocurridos en los vehículos durante su estadía. A juicio de agrupaciones de consumidores, no queda claro el alcance de la obligación de la empresa ni en quién recae probar ante los tribunales la falta de medidas de seguridad adecuadas.

 

Por estas razones, lo acordado en la Comisión Mixta me pareció insuficiente y confuso. Tratándose de normas protectoras del usuario, lo normal y deseable es que éstas sean perfectamente claras, de tal forma que se puedan cumplir y exigir.

Imprimir