Click acá para ir directamente al contenido
Canal estará a cargo de Contraloría

Luz verde al proyecto sobre protección a denunciantes de actos contra la probidad administrativa

A tercer trámite despachó el Senado el texto que avanza en el afianzamiento del principio de probidad en la función pública, extensivo a todos los órganos del Estado y servicios públicos.

10 de enero de 2022

El Senado respaldó en particular el proyecto que posibilita -a través de un sistema de denuncia a cargo de la Contraloría General de la República- que cualquier persona, “en forma ágil y sencilla” pueda realizar una denuncia de actos contra la probidad administrativa, con reserva de identidad y protección ante posibles represalias.

 

Según detalló la senadora Luz Ebesperger, a nombre de la Comisión de Gobierno, la instancia especializada avanzó en, entre otros, suprimir el concepto de denunciante; se insta a una protección general respecto de cualquier denuncia; se restituyó el medio electrónico para notificaciones; y se permite la cooperación eficaz como atenuante, siempre que conduzca al esclarecimiento. Todas estas enmiendas deben ser ratificadas, en tercer trámite constitucional, por la Cámara de Diputados y Diputados.

 

Durante el debate, el senador Alejandro Navarro hizo presente sus dudas sobre el alcance de texto legal para las Fuerzas Armadas.

 

Al respecto, el ministro de Justicia, Hernán Larraín aclaró que están incorporadas las Fuerzas Armas y de Orden y de Seguridad dentro de los organismos que pueden ser denunciados por este canal. Además, el secretario de Estado declaró que “estamos avanzado realmente en asegurar una administración pública que tenga más capacidad para combatir la corrupción”.

 

DETALLES

 

Cabe recordar que el proyecto tiene por objeto avanzar en el afianzamiento del principio de probidad en la función pública. Así, el Estatuto Administrativo establece, entre las obligaciones de los funcionarios públicos, la de denunciar con la debida prontitud, los crímenes o simples delitos y los hechos de carácter irregular, especialmente de aquéllos que contravienen el principio de probidad administrativa, de los que tuviere conocimiento. 

En razón de ello, se busca fortalecer y perfeccionar los mecanismos existentes en la legislación para promover que, no sólo los funcionarios públicos sino que todas las personas que desempeñen funciones en la Administración del Estado, cualquiera sea la calidad jurídica en que lo hagan y el estatuto que les sea aplicable, e incluso los ciudadanos particulares, puedan denunciar hechos de que tomen conocimiento al interior de la Administración y que pudieren estimarse constitutivos de infracciones a las obligaciones o deberes ministeriales previstos en el ordenamiento jurídico, sean o no constitutivos de delito, estableciendo, para tales fines, procedimientos expeditos de denuncias y medidas de protección eficientes y suficientes que motiven la denuncia, especialmente por parte de los operadores del sistema público.

 

Así, se crea un Canal de Denuncias, administrado por la Contraloría, mediante una plataforma electrónica, a efectos de que toda persona pueda denunciar hechos constitutivos de infracciones disciplinarias o de faltas administrativas, incluyendo, entre otros, hechos constitutivos de corrupción, o que afecten, o puedan afectar, bienes o recursos públicos, en los que tuviere participación personal de la Administración del Estado o un organismo de la Administración de Estado.

 

Dispone que, si el denunciante solicita la reserva de su identidad, tanto ésta como el contenido de la denuncia y demás antecedentes de respaldo, serán reservados desde su ingreso al Canal.

 

Regula las medidas de protección que el denunciante podrá solicitar a la Contraloría, en el momento de efectuar la denuncia o con posterioridad, las que podrán consistir en la adopción de una o más acciones preventivas.

Imprimir