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Nabila y la justicia para las víctimas

Por Isabel Allende, senadora por la Región de Atacama

11 de mayo de 2017

El respeto de los derechos fundamentales, la libertad de información y la transparencia son un pilar básico de todo régimen institucional. La reforma procesal penal trajo como novedad que los juicios fueran públicos. De esta manera, la ciudadanía podría controlar la actividad jurisdiccional, dejando ésta de ser secreta como lo era anteriormente.

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Pero en ciertas ocasiones, estos derechos se ven confrontados con el respeto a la intimidad, la privacidad y la honra de los intervinientes de los procesos, lo cual se agudiza cuando se trata de las víctimas, las cuales, en ciertas ocasiones, son sometidas a intensos interrogatorios donde exponen su vida privada, situación que ocurrió en el juicio por el delito cometido contra Nabila Riffo.

 

El juicio de Nabila marcó un antes y un después en materia de exhibición de los juicios orales. Dicho proceso fue transmitido casi por cadena nacional por los medios de comunicación, entre los que se encuentran matinales, noticiarios, diarios, los cuales fueron parte de la exposición pública de la vida de Nabila. Ella, quien fuera víctima de unos de los peores delitos cometidos contra una mujer en nuestra historia criminal, llegando incluso al borde de la muerte, en el proceso es una vez más victimizada al relatar con detalle los acontecimientos de la madrugada del 14 de mayo, siendo acosada por las contrainterrogaciones de la defensa, a la cual ella contestó, de una manera acertada: “¿Qué tiene que ver mi vida sexual con lo que me ha pasado?”

 

Creemos firmemente que el interés mediático formulado en torno al caso no puede justificar el daño cometido contra la intimidad de Nabila, la cual nuevamente se vio expuesta a un proceso intenso que se vio masificado por los medios.

 

La libertad de expresión es fundamental, pero debemos avanzar hacia una correcta regulación de ésta cuando se pone en riesgo la integridad de una víctima, como sucedió en este caso.

 

El Poder Judicial reaccionó ya en torno a esto, comprometiéndose a no televisar en su canal web la declaración de las víctimas. Pero bajo esta situación, los legisladores también debemos tomar acciones para mejorar las normas que regulan el tema.

 

El Código Procesal Penal establece re2stricciones a la publicidad de los juicios orales, dentro de las cuales se encuentra la intervención de los medios de comunicación. Creemos que esta normativa no pudo hacerse cargo de la protección de la dignidad de Nabila, por lo cual hemos presentado, junto a otros Senadores, una moción que mejora la regulación de la transmisión de los juicios orales.

 

La libertad de expresión es fundamental, pero debemos avanzar hacia una correcta regulación de ésta cuando se pone en riesgo la integridad de una víctima, como sucedió en este caso.

 

La iniciativa propuesta modificará este Código para que el Tribunal pueda restringir la publicidad de sus actuaciones, cuando se ponga en riesgo la intimidad y la privacidad de los intervinientes. La infracción a lo dispuesto por el Tribunal, podría configurar, incluso, el delito de desacato. Lo mismo en el caso de la publicidad de los juicios de familia, sobre todo en los casos de violencia intrafamiliar.

 

En el mismo sentido, la moción busca que no se pueda divulgar información que vulnera la dignidad de la víctima de un proceso penal, siendo el mismo una figura de correcto funcionamiento de los servicios de Televisión, junto a evitar que estos servicios difundan contenidos denigratorios de la mujer.

 

Nuestra iniciativa pretende crear un mayor debate en torno al tema, para que las mujeres del futuro no deban ver su intimidad expuesta de esta manera a la hora de que se haga justicia por el delito del cual fueron víctimas. La justicia no puede ser al precio de que la dignidad de una persona sea puesta en riesgo, como sucedió en las últimas semanas.

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