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Comisión de Salud despachó texto

Norma que aclara gastos destinados a la alimentación de personal hospitalario pasa a Sala

Propuesta será vista en tabla de fácil despacho en una próxima sesión ordinaria

8 de enero de 2021

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En condiciones de ser votado por la Sala, quedó el proyecto que aclara la procedencia de los fondos que deben utilizar los hospitales públicos para financiar la alimentación de su personal. Ello en razón un dictamen de la Controloría que cuestionó gastos realizados por el Hospital San Borja Arriarán.

 

En la última sesión, los integrantes de la Comisión de Salud aprobaron el texto que interpreta el artículo 36 de la ley N° 20.799. El respaldo fue en general y en particular por tratarse de una única disposición.

 

ANTECEDENTES

 

Cabe consignar que la Contraloría General de la República, mediante Informe Final N° 55 del año 2013, observó gastos en personal, servicios y consumo ejecutados por el Hospital San Borja Arriarán, entre los años 2011 a 2013, a través del pago de facturas a empresas proveedoras, por concepto de alimentación de funcionarios.

 

Dicha observación dio lugar a un juicio de cuentas por parte del organismo contralor, el cual estableció responsabilidad civil extracontractual por parte de cuatro ex funcionarios del citado hospital, por cuanto el pago del servicio de alimentación no estaba autorizado a la fecha de esa revisión, no obstante que con posterioridad se autorizaron por ley, esos gastos.

 

Los legisladores explican que “al no haber existido mala fe en los pagos por dichos conceptos, toda vez que esa práctica se legalizó a contar del año 2014, se ha producido una situación de desigualdad que debe remediarse, para lo cual se requiere que los gastos objetados en el año 2013 por el ente contralor deban considerarse ajustados a derecho, para cuyo efecto se precisa de una ley que así lo declare”.

 

PROYECTO

 

Artículo único: Modifíquese el artículo 36 de la ley N° 20.799, agregándose un inciso quinto nuevo, del siguiente tenor:

 

"Declárase, interpretando lo dispuesto en los incisos anteriores, que estos beneficios se han debido aplicar igualmente a los funcionarios de planta y a contrata que se desempeñaban en los establecimientos y servicios a que se refiere este artículo, con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley".

 

Al respecto, el representante del Minsal en la sesión de la Comisión del 4 de enero, explicó que la Contraloría analizó el gasto de algunos hospitales utilizados para la alimentación de funcionarios. “Esto se trata de una ley interpretativa, no implica gasto. Lo que pasó es que algunas glosas tiene nombres muy amplios y la Contraloría interpretó que ese gasto no correspondía y en realidad no es así”, indicó el asesor de la cartera.

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