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  Afrodescendientes serían contabilizados por primera vez en el Censo de Población y Vivienda de 2012

  Así lo acordó el Senado tras aprobar un proyecto de acuerdo donde solicitan al Presidente de la República que instruya al INE para la incorporación de esta variable.

8 de marzo de 2011

Como una forma de reconocer y respetar la presencia en el territorio nacional de los afrodescendientes, el Senado aprobó en forma unánime, el proyecto de acuerdo presentado por los senadores Alejandro Navarro y Eugenio Tuma en el que piden al Presidente de la República que instruya al Instituto Nacional de Estadísticas para la incorporación de esta variable en el Censo de Población y Vivienda de 2012.

 

Los legisladores impulsores de la iniciativa señalaron que desde los tiempos de la conquista de Chile,  existe una presencia importante de africanos que llegaron al país y que dejaron su huella en nuestra sociedad.

 

En la actualidad "son diversas las organizaciones de la sociedad civil chilena que se definen como afrodescendientes. La entidad más importante es la Alianza Afrochilena que agrupa a organizaciones como "Oro Negro", "Arica Negro" y "Lumbanga", las tres de Arica, donde principalmente se encuentran los integrantes de esta etnia".

 

Agregaron que desde 2005 tales organizaciones "venían solicitando al INE la posibilidad de realizar un piloto censal para determinar el número de personas chilenas pertenecientes y reconocidas en torno a este origen africano, y en 2009 el citado servicio público, en conjunto con representantes de organismos internacionales desarrollaron esta prueba censal, cuyos resultados se espera poder conocer en breve plazo".

 

No obstante, recordaron que "el INE ha expresado inicialmente que no es posible asumir compromisos respecto a incluir nuevas materias en la consulta censal, especialmente por el impacto financiero que tales decisiones involucrarían. Otro argumento utilizado por dicho servicio es que de incluirse a los afrodescendientes, ello replicaría la demanda de incorporación en futuros censos a descendientes de otros grupos étnicos o pueblos".

 

Cabe señalar que "las declaraciones de Derechos Humanos y de Etnicidad suscritas por Chile a lo largo del tiempo, consagran el principio de no discriminación y apuntan a fortalecer la diversidad cultural-étnica de nuestro país".

 

En ese sentido, los legisladores impulsores de la iniciativa señalaron que "la Constitución de Chile, siguiendo las huellas de las declaraciones de Derechos Humanos y de Etnicidad, consagra el derecho de igualdad ante la ley y el principio de no discriminación por razones arbitrarias".

 

Asimismo existe en Chile un ordenamiento jurídico especial para los pueblos originarios, lo que en virtud del principio de analogía debiera aplicarse a los afrodescendientes.

 

Recordaron que "en la Cámara de Diputados se han presentado dos proyectos de ley, destinados a homenajear y reconocer a la etnia afrodescendiente chilena, con adhesión políticamente transversal en su presentación".

 

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