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  Proponen prorrogar plazo para que damnificados puedan postular a subsidio habitacional

  El Hemiciclo aprobó un proyecto de acuerdo en esa línea, el que también plantea modificar algunos requisitos para que puedan acceder a ese beneficio

27 de julio de 2010

Prorrogar el plazo de postulación de los damnificados del terremoto a los subsidios del Programa Especial de Reconstrucción y la modificación de la exigencia de acreditación de propiedad, solicitó el Senado al Presidente de la República tras aprobar un proyecto de acuerdo en esa línea.

El texto, presentado por los senadores Ximena Rincón, Soledad Alvear, Eduardo Frei, Ricardo Lagos, Jaime Quintana y Patricio Walker, plantea que "teniendo en consideración la gran cantidad de damnificados que aún no se ha inscrito en el Registro de Damnificados del MINVU, se prorrogue el plazo de inscripción de damnificados para postular al subsidio habitacional destinado a la atención de los damnificados de las regiones declaradas zona de catástrofe y que vence el 30 de Julio del presente".

Asimismo, plantean que se "modifique el requisito para postular a los subsidios para damnificados el tener la calidad de propietario del inmueble con inscripción de dominio en el Conservador de Bienes Raíces practicada antes del 27 de febrero de 2010, permitiendo que los damnificados puedan postular al subsidio una vez regularizada la situación de dominio de su propiedad, independiente de la fecha de regularización de su propiedad".

Según los autores del proyecto de acuerdo "hasta el día de hoy existe un considerable número de personas que aún no se ha inscrito en el registro de damnificados de su municipio, no ha sido encuestado y no cuenta con el certificado de inhabitabilidad de su propiedad otorgado por la DOM, debido a que muchos municipios no cuentan con los recursos técnicos ni humanos necesarios para lograr la inscripción de todos los damnificados, ni el otorgamiento de los certificados respectivos".

En su opinión, parece razonable extender el plazo de postulación de los damnificados más allá del 30 de Julio, con el objeto que los damnificados puedan tener el tiempo necesario para realizar de mejor manera los trámites que son esenciales para poder ser beneficiario del subsidio habitacional, más aún tomando en consideración las malas condiciones climáticas y lo que ello significa en sectores rurales de nuestro país.

Asimismo, señalan que la exigencia de acreditar dominio mediante certificado de vigencia anterior al 27 de Febrero está produciendo graves problemas a aquellos damnificados que han ocupado toda su vida por mera voluntad del dueño, o en sucesión y que están siendo en proceso de regularización de sus propiedades, los cuales, no podrán acceder al  subsidio porque la fecha de este trámite es posterior a la que exige el Gobierno y que no considera la realidad que se vive en las zonas más devastadas por el terremoto y tsunami.

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