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Respaldo unánime del Senado

Apicultura: regulación de la actividad y creación de registro nacional avanzó a segundo trámite

Se trata de un texto que recogió cuatro mociones presentadas por senadores de distintos sectores políticos y que tiene por objeto la promoción, protección y fomento del desarrollo sustentable de esta actividad.

7 de mayo de 2021

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Con el voto unánime de los senadores, la Sala aprobó y despachó a cumplir su segundo trámite, el proyecto que regula la actividad apícola y que entre otras medidas establece sanciones para quienes adulteren la miel y crea un registro nacional de apicultores.

 

La iniciativa es producto de cuatro mociones refundidas presentadas por los senadores Juan Pablo Letelier, José García, Carmen Gloria Aravena, Adriana Muñoz, Juan Castro, Álvaro Elizalde, Manuel José Ossandón, Alfonso De Urresti, Álvaro Elizalde, Rabindranath Quinteros y los ex senadores Felipe Harboe, Manuel Antonio Matta y Eugenio Tuma.

 

El senador Juan Castro fue el encargado de informar la iniciativa y explicó los principales alcances de la misma, al tiempo que agradeció el aporte que hicieron al trabajo legislativo los distintos académicos y especialistas en el área.

 

Durante la votación intervinieron los senadores  Iván Moreira, Carmen Gloria Aravena, Alfonso De Urresti, Francisco Chahuán, Juan Castro, Alejandro García Huidobro , Juan Pablo Letelier, Kenneth Pugh, Álvaro Elizalde, Alejandro Navarro y Rabindranath Quinteros.

Los parlamentarios destacaron la importancia de la apicultura para la diversidad de la vida y por consiguiente la necesidad de regular una actividad que es clave para proteger la conservación del medio ambiente y también para los 10 mil productores de miel que existen en el país.

 

Recordaron que son varias toneladas de miel las que se exportan a distintas partes del mundo, fundamentalmente a Asia, y valoraron que la iniciativa contemple una serie de disposiciones tendientes a promover, proteger y fomentar el desarrollo sustentable de la apicultura como actividad silvoagropecuaria.

 

Asimismo, destacaron la creación de diversos registros nacionales, que se establezcan sanciones para quienes adulteren la miel, que se incorpore en el delito de abigeato el robo de las colmenas y que se consideren una serie de definiciones para regular la actividad.

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EL PROYECTO

 

La iniciativa define lo que se entiende por actividad apícola o apicultura, apicultores, carga apícola, producto apícola; distingue las distintas clases de miel según el estado de sus características naturales - alterada, adulterada y contaminada-; crea el Registro Nacional de Apicultores, en el cual, todo apicultor que desarrolle actividades apícolas en el territorio nacional deberá inscribir el o los apiarios (o colmenares) según la categoría de actividad apícola que se desarrolle.

 

También establece las condiciones mínimas de orden estructural en materia de sanidad apícola; entrega al SAG las facultades necesarias para resguardar la sanidad en materia apícola, tales como la posibilidad de declarar o establecer zonas de control sanitario, zonas libres, cuarentenas, barreras sanitarias y aislamiento de colmenas, o realizar inspecciones, entre otras.

 

Otro de los aspectos relevantes es que se regula la movilización de colmenas o transhumancia, exigiendo que toda persona que efectúe estos traslados en el territorio nacional, deberá contar con un sistema actualizado y permanente de control interno, en el cual deberá dejar constancia de cada movimiento.

 

Asimismo, establece las reglas y normativas aplicables a la importación, exportación, comercialización, publicidad y rotulación de productos apícolas y de material biológico apícola y prohíbe la fabricación, importación, distribución, comercialización o transferencia a cualquier título, de miel, polen corbicular, y jalea real alterados, adulterados, contaminados o falsificados.

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