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Mixta por delitos de Cohecho: acuerdan aumentar las penas de presidio, las multas y el periodo de inhabilidad absoluta para cargos u oficios públicos

La instancia aumentó las penas de reclusión por el delito base de cohecho a un rango de 541 días a 5 años, mientras que las multas pueden llegar al 200% del beneficio obtenido y el periodo de inhabilidad para cargos públicos sube hasta 7 años.

11 de julio de 2018

Un importante avance en el aumento de las escalas de sanciones y penas para el delito de cohecho, logró la Comisión Mixta que aborda las discrepancias surgidas en el proyecto que modifica el Código Penal en lo relativo a los delitos de cohecho y soborno, aumentando las penas, tipifica los delitos de soborno entre particulares y de administración desleal; y la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.

Hoy la legislación vigente sanciona el cohecho con penas que van desde 61 a 540 días, con un máximo de 3 años de cárcel, en el caso de conductas agravadas. A partir, de ahora la Comisión Mixta acordó que las penas base por este delito irán desde los 541 días hasta los 5 años de presidio; mientras que si es cohecho agravado las penas irán entre los 3 años y 10 años.

Imagen foto_00000003Respecto a las multas, éstas también se multiplican y pasaron desde el rango del 50% al 100% del beneficio obtenido; a un rango entre el 100% y el 200% del beneficio obtenido por la conducta descrita.

Asimismo, se estableció un periodo de inhabilidad absoluta temporal para cargos u oficios públicos que puede ir de 5 a 7 años. Cabe recordar que hoy, la sanción de inhabilidad era mínima pues, va de los 61 días a los 3 años.

El debate también estuvo marcado por la discusión de una indicación impulsada por diputados y que proponía agregar una nueva figura con el fin de sancionar al empleado público por beneficio económico sin contraprestación.

En ese caso, el ministro de Justicia, Hernán Larraín advirtió que “no sé si es conveniente incluir esta figura en medio de procesos judiciales en curso”. Ello, porque al incorporar ahora en el texto esta sanción significaría que antes, dichas conductas no eran delito.

Se generó así un amplio debate también sobre la proporcionalidad de las penas que se aplicarían para casos que están siendo investigados, como por ejemplo, el enriquecimiento ilícito.

En esa línea, el senador Francisco Huenchumilla precisó que “hay muchas personas que participan en licitaciones públicas en municipalidades y en Obras Públicas y me cuesta salir diciendo que rechazamos crear esta figura”.

A su turno, el senador Felipe Harboe argumentó que “cuesta mucho comprobar la contraprestación y el tema es definir si este es un problema de derecho sustantivo o es un tema procesal o de capacidad de los persecutores”.

Cabe señalar que el proyecto tiene por objeto aumentar las sanciones que el Código Penal establece para los delitos de cohecho y soborno a funcionarios públicos nacionales o extranjeros, tipificar y castigar los delitos de soborno entre particulares y de administración desleal, así como elevar las penas de los delitos de cohecho y soborno considerados en la Ley. La Comisión Mixta surgió luego que se recomendara la necesidad de compatibilizar los cambios que introdujo la Cámara de Diputados en el texto legal.

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