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  Avanza la creación del Registro Nacional de Prófugos de la Justicia

  La Sala otorgó el respaldo unánime, a la idea de legislar de esta iniciativa que permitirá facilitar la detención de quienes se encuentren prófugos de la ley.

4 de abril de 2012

Con plazo para realizar indicaciones hasta el próximo 16 de abril quedó el proyecto, en segundo trámite, que crea el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia.

 

Ello, luego de que la Sala del Senado aprobara en forma unánime la idea de legislar de la iniciativa que permitirá contar con una base de datos en línea con la información precisa respecto de quienes cuentan con órdenes de aprensión y detención vigentes.

 

La iniciativa busca facilitar o permitir la detención de quienes se encuentran prófugos de la justicia, creando por ley un registro y estableciendo medidas específicas que obstaculicen la obtención de determinadas prestaciones del Estado.

 

De acuerdo a cifras entregadas por organismos especializados existen unas 142 mil órdenes  de aprensión y detención vigentes y, si bien no todas corresponden al concepto de prófugos de la justicia, en el sentido de imputados, rebeldes o condenados existe un gran número de personas que no responden ante la ley o que vulneraron las medidas cautelares.

 

En lo fundamental, la iniciativa tiene por finalidad establecer un Registro Nacional de Prófugos de la Justicia, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, con la finalidad de facilitar la persecución coordinada y eficaz de los imputados y condenados prófugos y evitar, de este modo, que se socave la confianza y el respeto de la ciudadanía por el sistema judicial penal.

 

Entre otros aspectos, el proyecto define las personas que tendrán la calidad de prófugos de la justicia, las anotaciones que se practicarán en el Registro y las instituciones y personas que tendrán acceso al mismo.

 

Asimismo, se contempla la posibilidad de diferir a los prófugos el otorgamiento de determinadas prestaciones económicas a cargo del Estado y se establece para ciertas instituciones la facultad de implementar sistemas de control de acceso a sus dependencias, de manera de verificar el posible ingreso de prófugos e instar por el cumplimiento de las respectivas órdenes de detención.

 

Finalmente, se regulan las fuentes de financiamiento del mayor gasto que esta iniciativa significará.

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