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  Disminuirán la exposición de menores víctimas o testigos de delitos sexuales

  La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento será la encargada de analizar la moción de los senadores Patricio Walker y Jaime Quintana, que busca evitar la doble victimización de menores durante los procesos judiciales.

15 de julio de 2011

 Reafirmando su compromiso con los derechos de los niños, los senadores Patricio Walker y Jaime Quintana presentaron un proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal en materia de declaraciones de menores de edad víctimas o testigos de delitos sexuales, con el fin de disminuir el número de declaraciones que realizan las víctimas ante la justicia y evitar de esta forma la doble victimización.

 

La iniciativa que será analizada por la Comisión de Constitución permitirá que el fiscal solicite anticipar la declaración de los menores de 18 años que fueran víctimas o testigos de ciertos delitos especificados en el Código Penal.

 

El senador Walker explicó que "la victimización secundaria consiste en las consecuencias psicológicas, sociales, jurídicas y económicas negativas que dejan las relaciones de la víctima con el sistema jurídico penal."  A su juicio, "esto puede operar como una segunda experiencia victimizante, pudiendo ser incluso más negativa que la primaria, ya que puede llevar a incrementar el daño causado por el delito con otros de dimensión psicológica o patrimonial".

 

El legislador agregó que "en Chile la mayoría de los criterios orientados a evitar la victimización secundaria en materia de declaraciones que deben prestar niños y adolescentes víctimas de delito, sólo se contienen a nivel de instrucciones internas del Ministerio Público, mediante los cuales el Fiscal Nacional ha establecido procedimientos de actuación para fiscales y funcionarios del Ministerio Público y la policía."

 

En este sentido, el senador Walker aseguró que "resulta imperativo considerar el daño  que produce en los menores de edad la sobreexposición que implica declarar y ser interrogado en sucesivas ocasiones y por diversos funcionarios no calificados, sobre los hechos delictivos de los que han sido víctimas o testigos".

 

El senador Jaime Quintana, en tanto, aseguró que "el proyecto daría por terminada la victimización secundaria, lo que ha sido recomendado por organizaciones como las Naciones Unidas y el Comité de Derechos del Niño."

 

En este sentido, el parlamentario indicó que "resulta imperativo considerar el daño que produce en los menores de edad, la sobreexposición que implica declarar y ser interrogados en sucesivas ocasiones y muchas veces por diversos funcionarios no calificados, sobre los hechos delictivos de los que han sido víctimas o testigos".

 

MODIFICACIONES PROPUESTAS

 

Si bien el Código Procesal Penal exige a los fiscales disminuir al mínimo las intervenciones y trámites de los niños víctimas de abuso sexual durante la investigación, no existe una regulación concreta sobre las medidas que deban ser adoptadas, para no exponer a la persona afectada a un nuevo daño psicológico.

 

Las modificaciones contempladas buscan  evitar la excesiva exposición de los menores involucrados, siendo responsabilidad del juez que se respeten los derechos consagrados en las convenciones internacionales.

 

En su artículo único, el proyecto sustituye el artículo 191 bis del Código Procesal Penal, planteando que el fiscal podrá solicitar que se reciba la declaración anticipada de los menores de 18 años que fueren víctimas o testigos de alguno de los delitos contemplados en el Libro Segundo, Título VII, párrafos 5, 6 y 8 del Código Penal. En dichos casos, el juez podrá, acogiendo la solicitud de prueba anticipada, proceder a interrogarlo, debiendo los intervinientes dirigir las preguntas por su intermedio.

 

Entre otros puntos, el proyecto establece que el interrogatorio a los menores de edad debe ser conducido por un profesional especialmente capacitado para ello, con la supervigilancia directa que asegure que la declaración del menor sea efectuada en condiciones óptimas, en una sala acondicionada para tales efectos y grabando a través de medios audiovisuales todo su desarrollo.

 

Además, la iniciativa señala que el juez de garantía nombrará un curador ad ítem que represente al menor de edad cuando sus intereses sean contrarios o independientes de los de su representante legal, o cuando el padre, madre o representante legal, sea imputado en el delito.

 

La moción también establece que la declaración que funcionarios de las policías tomen al menor de edad, deberá limitarse a recoger sus datos personales y los necesarios para identificar el momento y lugar donde ocurrieron los hechos, velando en todo momento por disminuir al mínimo las perturbaciones que ello le pueda considerar.

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