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  Establecen requisitos e inhabilidades de los veedores en proyecto sobre nueva Ley de Quiebras

  Las Comisiones Unidas de Constitución y Economía despacharon las primeras indicaciones, de un total de 200, que posee la iniciativa del Ejecutivo.

10 de septiembre de 2012

Determinar cómo se nombrarán a los veedores, que reemplazarán a los síndicos de quiebras, sus requisitos e incompatibilidades, fueron acordados por las Comisiones Unidas de Constitución y Economía, quienes despacharon dichos artículos en el marco del estudio del proyecto, en primer trámite, que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo.

 

Así lo informaron el presidente e integrante de la instancia unida, senadores Hernán Larraín y Soledad Alvear, respectivamente, quienes concordaron que debido a los 400 artículos que posee la iniciativa del Ejecutivo, significará emplear un tiempo adicional en la tramitación del texto legal.

 

Asimismo, los parlamentarios reiteraron en valorar la creación de la comisión técnica de asesores y expertos en el área, que ayudará para agilizar la tramitación de dicho proyecto.

 

Al respecto,  senador Larraín Fernández, comentó que "creamos una comisión técnica que nos ayudará a despejar los detalles de este proyecto que contiene más de 400 artículos. El objetivo de este texto legal es cambiar el actual sistema de quiebras, por uno  de procedimiento concursal que será más ágil y que permitirá no entrabar el funcionamiento de la actividad económica".

 

Añadió que " a veces,  por circunstancias especificas  se hace difícil la liquidez en una empresa y por eso, incurren en la causal de quiebras. En la actualidad, las normas actuales no permiten dar una continuidad y rapidez a esta situación".

 

El parlamentario explicó que "en esta sesión se aprobaron los primeros artículos, que establecen definiciones fundamentales de la ley. Es decir se despacharon los artículos sobre los veedores y liquidadores que reemplazarán a los síndicos de quiebras y permitirán la agilizar el procedimiento. Aprobamos los artículos sobre quiénes pueden ser veedores, cómo se nombran, inscriben y postulan, y cuáles son sus incompatibilidades y prohibiciones".

 

PROYECTO TÉCNICO

 

Mientras, la integrante de la instancia, senadora Soledad Alvear sostuvo que "avanzamos en aprobar  18 artículos,  se trata de un proyecto bastante técnico, ya despachamos la definición de qué se entiende por quiebra; quienes serán los veedores, su nombramiento e incompatibilidades".

 

Precisó que "la idea de este proyecto es que se pueda colaborar para evitar que las situaciones de quiebra lleguen a un estado caótico para intervenir, y que sea posible acompañar el proceso cuando se inicie una situación compleja para una empresa.  El fin es que se acompañe a la empresa  para que ésta en lo posible pueda lograr su recuperación y de esta manera no perjudicar a los acreedores".

 

Al mismo tiempo, la parlamentaria señaló que "me preocupa que todo este procedimiento sea transparente, muchas veces quedan dudas en los acreedores y trabajadores mismos de la forma de cómo se llevó a cabo todo esto. Por lo mismo, los procedimientos deben ser transparentes y los nombramientos debe efectuarse  a través de concursos. Por eso, estoy estudiando con mucha acuciosidad el proyecto para poder destinar todas mis energías para que una vez tramitado el texto legal, tengamos una buena ley de quiebras".

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