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  Establecerán una nueva incompatibilidad en cargos de dirigentes de fútbol

  Así lo dispone la moción impulsada por el senador Camilo Escalona quien explicó que la iniciativa apunta a evitar las irregularidades vividas en el último tiempo en este deporte.

2 de marzo de 2011

Una nueva prohibición para integrar el Directorio de una Sociedad Anónima Deportiva Profesional y una Comisión de Deporte Profesional, establecida en la Ley N° 20.019, que regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales (SADP), establece la moción presentada por el senador Camilo Escalona.

El parlamentario explicó que "el fútbol es un deporte que tiene un impacto que va más allá de la actividad puramente comercial, es una actividad de interés público con fuerte influencia en la recreación, esparcimiento y estado de ánimo de las chilenas y chilenos".

Por tal razón, indicó que "resulta de gran importancia avanzar en una mayor transparencia de las relaciones comerciales que en él se desarrollan, diferenciando con claridad quienes por un lado buscar servir al fútbol de manera desinteresada de quienes lo hacen con ánimo de lucro".

Aseveró que esta moción que será analizada por la Comisión de Constitución establece una incompatibilidad, "de manera que no se repitan en sociedades que son sin fines de lucro, exactamente las mismas personas que integran directorios de otras empresas y que, por lo tanto, establecen relaciones comerciales absolutamente irregulares, desde el punto de vista original de la ley".

Dicho de otra manera: "una institución, como una universidad privada, no podrá replicarse, con los mismos directores, en una sociedad anónima deportiva que sea propietaria de un club de fútbol porque, como es de público conocimiento, entre ambas se establecen relaciones comerciales y, en  los hechos, esto se ha prestado para actividades comerciales que escapan completamente al sentido con que la ley se aprobó", expresó.

El senador Escalona manifestó que "lo que queremos enfrentar aquí es uno de los focos que han venido desvirtuando por completo la ley que se aprobó hace algunos años. Esta ley tenía como propósito transparentar las actividades que necesitaban ser debidamente aclaradas, que venían del mal uso de la institucionalidad anterior, que conllevó, incluso, sonados procesos judiciales por mal uso de fondos y detenciones de algunos de los dirigentes de antaño".

Puntualizó que pese a que  "se ideó un tipo de institucionalidad para terminar con los escándalos y los bochornos hemos terminado con que esta institucionalidad ha sido completamente manipulada por asociaciones que son completamente opacas y son las mismas personas las que se repiten".

Cabe señalar que de acuerdo a lo establecido en el Título II, artículo 16 de la Ley N° 20.019, las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales "tienen por objeto exclusivo organizar, producir, comercializar y participar en actividades deportivas de carácter profesional y en otras relacionadas o derivadas de éstas.

Dichas sociedades fueron creadas con el propósito de establecer un marco regulatorio y una estructura jurídica capaces de modernizar, profesionalizar e incrementar la fiscalización sobre los Clubes Deportivos, contribuyendo a un mejor cumplimiento del rol social de los mismos.

A su vez, el nuevo modelo jurídico social busca asegurar una mayor captación de recursos por parte de los clubes, dado principalmente por la incorporación de nuevos socios y accionistas.

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