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  PDI contaría con registro de quienes tengan órdenes de apremio por no pago de pensiones de alimentos

  La Sala aprobó por unanimidad la idea de legislar del proyecto que modifica la Ley N° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias. Asimismo, la instancia acordó que el plazo para presentar indicaciones vence el próximo 12 de marzo.

17 de enero de 2012

Por unanimidad (25 votos) la Sala del Senado ratificó la idea de legislar del proyecto que crea un registro en la PDI para quienes tengan órdenes de apremio por no pago de pensiones de alimentos.

 

Con ello, la iniciativa originada en una moción de los senadores Soledad Alvear, Francisco Chahuán, Alberto Espina y Hernán Larraín, quedó en condiciones de ser remitida a la Comisión de Constitución para realizar su segundo informe.

 

En lo fundamental, el proyecto que modifica la Ley N° 14.908 sobre abandono de familia y pago de pensiones establece que "tanto la orden de apremio como su suspensión, deberán ser comunicadas a la Policía de Investigaciones de Chile, para su registro".

 

Según comentaron los autores del proyecto "las medidas de apremio, que tienen por objeto asegurar el cumplimiento de la obligación alimenticia decretada judicialmente, sino han tenido resultados positivos después de que hayan sido tramitadas por las unidades policiales, son devueltas al respectivo tribunal. Lamentablemente no queda un registro de las mismas, para que se mantengan vigentes, lo que hace ineficaz la acción judicial para cumplir en forma efectiva lo señalado por el juez".

 

Los legisladores explicaron que por eso "se hace necesario adoptar una solución similar a la que se contempla en la ley N° 17.322, que establece normas para la cobranza judicial de cotizaciones de las instituciones de seguridad social. En su artículo 12, permite que, en el caso que el empleador que no consigne las sumas descontadas, dentro del término de quince días, sea apremiado con arrestos hasta por quince días".

 

Añadieron que "en dicha norma señala que tanto la orden de apremio como su suspensión, deberán ser comunicadas a la Policía de Investigaciones de Chile, para su registro."

 

 

 

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