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  Presentan indicaciones a proyecto que permite realizar trabajos comunitarios a quienes no paguen multas

  Los senadores Soledad Alvear y Patricio Walker, además del Ejecutivo, hicieron llegar sus propuestas para perfeccionar la iniciativa que cumple su primer trámite en el Senado.

31 de mayo de 2011

Una serie de indicaciones tendientes a perfeccionar la iniciativa y reglamentar la forma en que se pueden hacer efectivas sus disposiciones, recibió el proyecto, en primer trámite que permite realizar trabajos comunitarios a quienes no paguen sus penas de multa.

 

Cabe recordar que el proyecto que forma parte de las medidas penitenciarias impulsadas por el Ejecutivo para descongestionar las cárceles, ya fue aprobado en general por la Sala y ahora corresponde su análisis en particular por la Comisión de Constitución del Senado.

 

En lo fundamental, la iniciativa modifica el régimen de libertad condicional excluyendo al Seremi de Justicia del otorgamiento de dicho beneficio y establece que en los casos de multas se podrá contar con una pena alternativa de trabajos comunitarios.

 

Los senadores Soledad Alvear y Patricio Walker -presidenta e integrante de la citada instancia, respectivamente- además del Ejecutivo, hicieron llegar sus propuestas para perfeccionar el proyecto y mejorar algunos aspectos de su redacción.

 

Entre los cambios que proponen los senadores, se encuentra una disposición que señala que "en cualquier momento, el condenado podrá solicitar poner término a la prestación de servicios en beneficio de la comunidad previo pago de la multa, a la que se le deberán abonar las horas trabajadas".

 

En tanto, el Ejecutivo presentó una serie de indicaciones tendientes a modificar la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y la que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de la observación de buena conducta.

 

En lo principal, la propuesta del Ejecutivo señala que "las normas referidas a la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad contenidas en los artículos 2° y 3° de esta ley, se aplicarán de conformidad a un reglamento dictado por el Ministerio de Justicia".

 

Esta disposición, apuntaría a responder a algunas de las críticas que se le hacen al proyecto, en el sentido de que no definiría la forma en que se deberían realizar los trabajos comunitarios, lo que ahora se entrega a un Reglamento.

 

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