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  Representantes de organizaciones sociales, expertos y ministros abordarán proyecto sobre discriminación

  La Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias entre el Senado y la Cámara de Diputados sesionará este miércoles hasta el total despacho del proyecto.

30 de abril de 2012

Una serie de organizaciones sociales y expertos en derecho se darán cita este miércoles 2 de mayo, entre las 14:30 y 16:00 horas, en la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias entre ambas ramas del Congreso en torno al proyecto que establece medidas contra la discriminación. Luego, a partir de las 19:30 horas la instancia integrada por senadores y diputados, sesionará hasta el total despacho de la iniciativa.

 

La primera sesión se realizará en la Sala Rafael Eyzaguirre del Senado en Valparaíso y fueron invitados especialmente para entregar sus opiniones sobre el proyecto, el Ministro Secretario General de Gobierno,  Andrés Chadwick; y los profesores Juan Domingo Acosta y Patricio Zapata.

 

También han sido invitados los representantes de la Fundación Iguales, del Instituto Nacional de Derechos Humanos, del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH), del Movimiento por la Diversidad Sexual (MUMS), del Observatorio Parlamentario y Corporación Humanas, de la Organización de Transexuales por la Dignidad de la Diversidad (OTD) y de la Red por la Vida y la Familia. Igualmente participarán representantes de las Iglesias Católica y Evangélica.

 

En tanto, en la sesión de las 19:30 horas se propondrá la forma y modo de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas Cámaras y el acuerdo adoptado por los parlamentarios es despachar la iniciativa en dicha sesión.

 

DIVERGENCIAS

 

Cabe recordar que son cuatro aspectos respecto de los cuales no hubo acuerdo entre el Senado y la Cámara de Diputados.

 

Según explicaron los senadores en su oportunidad, se trata de algunos temas procesales y otros complejos, como un ejemplo que se indicó en el proyecto y que parecía ser que sólo cometían delitos sexuales quienes eran minorías sexuales. No obstante, la preocupación mayor apunta al artículo segundo, donde se determina cual es la discriminación, que no fue objeto de discusión.

 

El citado artículo segundo señala que "se entiende por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados pro Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza, la etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad".

 

En tanto, el ejemplo que quedó establecido en la ley y que se pretende eliminar señala que "no podrán reclamar discriminación por orientación sexual un individuo que deba responder por actos sexuales violentos, incestuosos, dirigidos a menores de edad cuando tengan el carácter de delito, o que, en los términos de la ley vigente, ofendan el pudor".

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