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  Unánime respaldo a proyecto que sanciona el acoso sexual de menores a través de Internet

  La Comisión de Constitución aprobó y despachó a la Sala, la iniciativa que obliga a los cibercafés a contar con un registro actualizado de sus usuarios

12 de mayo de 2010

En condiciones de ser discutido y votado por la Sala del Senado quedó el proyecto, en segundo trámite, que sanciona el acoso sexual de menores, la pornografía infantil y la posesión de material pornográfico a través de Internet, luego que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado lo aprobara en forma unánime.

Así lo explicó el integrante de la citada instancia, senador Andrés Chadwick, tras destacar los alcances de la iniciativa que tuvo su origen en un grupo de diputados, liderados por el actual senador Patricio Walker.

"Este es un muy buen proyecto que viene a sancionar una conducta que lamentablemente estamos viendo que ha ido creciendo en nuestro país y que es cuando una persona adulta, a través de las redes de Internet logra conquistar la confianza de un menor con el objeto de que ese menor le pueda enviar imágenes de significación o contenido sexual", señaló el senador.

Agregó que dicha conducta "es una nueva manera de abusar de menores y por eso que los hemos querido proteger fuertemente con esta ley, de manera que esto sea considerado un delito, tenga sanciones altas y que además existan los medios investigativos para los efectos de poder pesquisar a los autores de este tipo de delitos, especialmente lo que dice relación con la utilización de los computadores a través de los cibercafés".

REGISTRO Y SANCIONES

Según lo indicado por el senador Chadwick, el proyecto aprobado por la Comisión contempla "una pena de abuso sexual de menores que van de presidio menor a presidio mayor. Son penas graves según sea el tipo de daño que establezca y entra dentro de la penalidad de delitos sexuales cometidos contra menores".

Asimismo, señaló que la Comisión de Constitución optó por ratificar la propuesta de establecer un registro obligatorio para los usuarios de los cibercafés. Cabe señalar que respecto de este punto, hubo un debate respecto de cómo preservar el derecho a la privacidad de las personas.

En tal sentido, el legislador explicó que "aquí hay un bien jurídico que se entendió que era mayor y que es la protección de los menores frente a esta nueva forma de abuso sexual y por tanto quien quiera ocupar un computador en un lugar público, como es un cibercafé, va a tener que estar sometido a este requisito de establecer su identidad".

Agregó que el proyecto estableció un plazo de 6 meses desde la entrada en vigencia de la ley, para crear un registro a objeto de que los usuarios de los cibercafés tengan que señalar su identidad. "Eso va a quedar fiscalizado y se sancionará a aquel cibercafé que no cumpla con este registro, con una pena de multa".

Cabe precisar que la idea matriz de este proyecto es sancionar la modalidad de ejecución del delito de acoso sexual a menores, del artículo 366 quáter del Código Penal, cuando se efectúa por medios informáticos y electrónicos, y penalizar la producción de material pornográfico infantil por esos mismos medios.

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