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Llega al Senado proyecto que establece ingreso mínimo garantizado

El mensaje establece un beneficio fiscal para aquellos trabajadores que perciban remuneraciones brutas mensuales iguales o superiores a $301.000 e inferiores a $384.363, con un tope máximo del subsidio de $59.200.

12 de diciembre de 2019

Calificado con suma urgencia para ser tramitado, llegó al Senado el proyecto de ley que crea un subsidio para alcanzar un ingreso mínimo garantizado de $300.000 líquidos.

 

El mensaje ahora será analizado por las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda, instancias que deberán pronunciarse, entre otros, sobre la propuesta que incluye que el monto del subsidio sube de $49 mil brutos a $59 mil, al cual solo podrán optar aquellas personas que perciban remuneración bruta inferiores a $384.363.

 

Imagen foto_00000002En el artículo uno se establece “un subsidio mensual, de cargo fiscal, para los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo, con contrato de trabajo vigente y afectos a una jornada ordinaria de trabajo conforme al inciso primero del artículo 22 de dicho Código y que sea superior a treinta horas semanales”.

 

Así, tendrán derecho al subsidio aquellos trabajadores dependientes que cumplan con los siguientes requisitos:

 

a) percibir una remuneración bruta mensual inferior a $384.363;

 

b) integrar un hogar perteneciente a los primeros nueve deciles, de acuerdo al instrumento de caracterización socioeconómica y;

 

c) estar contratado o subcontratado por una empresa cuyos ingresos por ventas no excedan las 75.000 unidades de fomento anuales del último año calendario.

 

El Ministerio de Desarrollo Social y Familia administrará el subsidio y le corresponderá conceder y extinguir el referido subsidio. Además, deberá pagarlo, sea directamente o por medio de las instituciones con las cuales celebre convenios para ello.

 

Asimismo, el proyecto establece que el empleador deberá informar a todos sus trabajadores que tengan una remuneración bruta mensual inferior a $384.363, sobre la existencia del subsidio que crea la presente ley. Además, podrá disponer los medios para que puedan realizar la solicitud para acceder a él.

 

Cabe recordar que la Cámara Alta tendrá 15 días para despachar la propuesta

 

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