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  Iniciarán el estudio del proyecto que refuerza el marco legal del documento electrónico y la firma electrónica avanzada

  La Comisión de Economía está citada para el próximo miércoles 3 de octubre, entre las 12:15 y las 14 horas para tratar esta iniciativa que permitirá modernizar la gestión pública.

28 de septiembre de 2012

Con el informe favorable de la Corte Suprema y la presencia del ministro Pablo Longueira,  la Comisión de Economía comenzará, este miércoles 3 de octubre,  el estudio del proyecto, en primer trámite que modifica la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firmar y otros textos legales.

En lo fundamental, la iniciativa, originada en un Mensaje del Ejecutivo,  refuerza el marco legal del documento electrónico y firma electrónica avanzada y  otorga certeza respecto de la admisibilidad en juicio del documento electrónico suscrito con firma electrónica.

El proyecto dispone también como regla general que los órganos públicos estarán facultados para determinar la clase de firma electrónica, simple o avanzada, con la cual suscribirán los documentos electrónicos que emitan, salvo que la ley expresamente exija la firma electrónica avanzada.

Asimismo y, por acuerdo de la Sala, el proyecto será analizado en general por la Comisión de Economía, pero en el caso de su discusión en particular será estudiado en Comisiones Unidas de Constitución y Economía.

Cabe señalar que el informe del máximo tribunal consigna que "de aprobarse este proyecto, los documentos electrónicos de los órganos públicos, entre ellos el Poder Judicial, para tener valor como instrumento público, deberán ser extendidos con firma electrónica avanzada y sellado de tiempo".

Al respecto, señala que "el sellado de tiempo significará un mayor costo para el Poder Judicial, atendido que la definición del mismo parte de la premisa de la intervención de un tercero, al cual deberá solicitarse que provea de este servicio".

En ese sentido advierte que el informe financiero de la iniciativa no hace referencia al Poder Judicial, por lo que  la Corte Suprema advierte que "debería complementarse en ese sentido pues en la actualidad este Poder del Estado tiene contratada una determinada cantidad de firmas electrónicas avanzadas y, de aprobarse el proyecto y para poder utilizar tales firmas en documentos electrónicos, deberá además contar con el requisito del sellado de tiempo de dichas firmas".

En todo caso, se estima que lo más relevante es que "sigue siendo opcional para los órganos públicos, en este caso el Poder Judicial, la utilización de firma electrónica".

Ahora bien, en el caso del Poder Judicial, "lo único obligatorio es que, tomada la decisión de usar firma electrónica y tratándose de autos acordados y resoluciones judiciales y oficios, debe necesariamente tratarse de firma electrónica avanzada (acreditada ante un certificador) y con sellado de tiempo, que como se dijo, es una herramienta nueva cuyos costos e implicancias no es posible determinar en este momento".

En relación a lo anterior, el documento de la Corte Suprema destaca que "el proyecto elimina la figura del ministro de fe como entidad suficiente para actuar de certificador al interior de los órganos públicos".

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