Click acá para ir directamente al contenido

  ¿Letra chica¿ debería tener la misma publicidad que resto de información difundida por empresas

  Así lo dispone el proyecto, iniciado en moción de los senadores Soledad Alvear, Ximena Rincón, José García Ruminot, Eugenio Tuma y Andrés Zaldívar, y que modifica la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.

25 de octubre de 2011

Con el objeto de obligar a las empresas a otorgar el mismo tratamiento publicitario a toda su información, los senadores Soledad Alvear, Ximena Rincón, José García Ruminot, Eugenio Tuma y Andrés Zaldívar presentaron un proyecto que modifica la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.

 

Con ello, la iniciativa fue derivada  la Comisión de Economía para su posterior análisis.

 

En lo fundamental, el texto legal que posee un artículo único, establece que "En toda acción publicitaria ejecutada a través de cualquier medio de comunicación, masivo o individual, en que por disposición legal o administrativa deba incluirse una determinada información, ésta deberá recibir el mismo tratamiento, en cuanto a tipografía de la gráfica, duración, dicción, repeticiones y nivel de audición, que el que se le otorgue al resto de la información contenida en dicha acción".

 

Cabe recordar, que la misma instancia también está estudiando la moción   presentada por las senadoras Isabel Allende y Ximena Rincón y que apunta a tipificar las conductas de omisión sobre la duración o vigencia temporal de ofertas o promociones de bienes o servicios que se publiciten y que no se informe en la misma publicidad.

Dicho proyecto, que también modifica la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, castiga la omisión respecto de la duración o vigencia temporal de ofertas o promociones de bienes o servicios que se publiciten y que no se informe, en la misma publicidad.

 

En cambio, la moción de los senadores Alvear, Rincón, García Ruminot, Tuma y Zaldívar,  señala que "la Ley de Protección del Consumidor contiene  disposiciones tendientes a velar por la mejor información de los consumidores, regulando la publicidad entregada por los proveedores. No obstante, son múltiples los ejemplos de publicidad y promoción de productos y servicios en el mercado que contienen defectos de información u omisiones".

 

Añade que "la publicidad obligatoria de productos o servicios, en múltiples ocasiones es entregada deficientemente al consumidor, y no se le entrega un espacio suficiente para que esta información sea entendida por éstos".

 

Según expresaron los parlamentarios esta conducta de las empresas "es contraria al fin perseguido por las normas que disponen la obligación de informar y genera asimetrías de información, impidiendo a los consumidores contar con una información eficaz para evaluar los productos y servicios que se ofrecen".

 

Agregaron que en la actualidad nuestra legislación "no considera una norma que defina la forma en que los proveedores deban comunicar la información obligatoria".

 

En ese sentido, los legisladores expresaron que "el establecimiento de una disposición que determine la forma en que las empresas deben comunicar la información obligatoria asociada a una publicidad, permitirá velar para que los consumidores tengan la posibilidad de adquirir un conocimiento cabal de éste, adoptando las decisiones que consideren adecuadas".

 

Imprimir