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  Sala dio contundente aprobación a proyecto que crea el SERNAC Financiero

  La iniciativa quedó en condiciones de ser remitida a la Cámara de Diputados, para cumplir su tercer trámite, dado que el Senado le introdujo una serie de cambios al texto original.

2 de noviembre de 2011

La creación de un SERNAC Financiero está más cerca de concretarse, luego que la Sala del Senado aprobara por amplia mayoría las normas que regirán a la entidad que velará por los derechos de los consumidores en materias financieras.

 

Si bien la Cámara Alta ya había aprobado en general la iniciativa durante esta sesión, se procedió a votar en particular el articulado, quedando en condiciones de ser remitido a la Cámara de Diputados para que cumpla su tercer trámite.

 

En lo fundamental  el proyecto tiene por objeto dotar de mayores atribuciones y competencias al SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor), en materias de servicios financieros, en especial respecto de la información que el sector financiero debe entregar a los consumidores.

 

También reconoce a los consumidores el derecho a poner término anticipado a uno o más servicios financieros, por su propia voluntad; prohíbe las "ventas atadas" de productos o servicios financieros; crea el Sello SERNAC, mediante el cual se certificará el cumplimiento de los contratos de adhesión de servicios y productos financieros; y crea un sistema imparcial de Defensor del Cliente encargado de resolver las controversias, quejas o reclamaciones, entre otras medidas.

 

 

Durante la sesión -en que intervinieron los senadores Alberto Espina, Eugenio Tuma y Andrés Zaldívar- se aprobaron por unanimidad todas las normas que habían sido aprobadas previamente por las Comisiones Unidas de Economía y de Hacienda y luego se realizaron siete votaciones distintas, respecto de artículos que habían sido aprobados por mayoría en las citadas instancias.

 

De este modo, se aprobó con 14 votos a favor y 13 en contra, una norma que establece el derecho de los consumidores a "ser informado por escrito de las razones del rechazo a la contratación del servicio financiero, las que deberán fundarse en condiciones objetivas".

 

En forma unánime se aprobó una norma que señala que los contratos de adhesión de servicios crediticios o de cualquier producto financiero, deberán especificar una serie de aspectos para facilitar su entendimiento y transparencia, entre los que se cuentan "las causales que darán lugar al término anticipado del contrato por parte del prestador, el plazo razonable en que se hará efectivo dicho término y el medio por el cual se comunicará al consumidor".

 

SERNAC FINANCIERO

 

En tanto, con 28 votos a favor y 1 abstención se aprobó una norma que señala que "el Servicio Nacional del Consumidor deberá otorgar un Sello SERNAC a los contratos de adhesión de bancos e instituciones financieras, establecimientos comerciales, compañías de seguros, cajas de compensación, cooperativas de ahorro y crédito y otros proveedores de servicios crediticios, de seguros y, en general, de cualquier producto financiero, cuando dichas entidades lo soliciten" y demuestren cumplir con una serie de condiciones establecidas en la ley. Con la misma votación se aprobó una norma que ajustaba la redacción del citado artículo.

 

Por unanimidad, la Sala aprobó una disposición relativa al plazo que tendrá el servicio para entregar el denominado Sello SERNAC. En lo general son 60 días para pronunciarse sobre una solicitud, pero "excepcionalmente, y previa solicitud fundada del Servicio Nacional del Consumidor, el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, mediante resolución exenta, podrá extender este plazo hasta por ciento ochenta días adicionales, si el número de contratos sometidos a su consideración excede la capacidad de revisión detallada del referido Servicio".

 

Con 21 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención, la Sala aprobó un disposición que señala que "si el Servicio Nacional del Consumidor no se pronuncia en el plazo indicado en el inciso primero o, en su caso, dentro del plazo extendido conforme al inciso anterior, el o los contratos sometidos a su conocimiento contarán con sello SERNAC por el solo ministerio de la ley".

 

Finalmente, con 25 votos a favor y 5 en contra se aprobó un artículo que dispone que el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo deberá dictar uno o más reglamentos para regular las disposiciones de la presente ley, pero "tratándose de materias regidas por leyes especiales, el reglamento correspondiente llevará, además, la firma del Ministro del respectivo sector".

 

En este último punto el senador Eugenio Tuma justificó su voto en contra señalando que al requerirse la firma de otros secretarios de Estado, se limitaba el accionar del Ministro de Economía.

 

Los senadores Alberto Espina y Andrés Zaldívar manifestaron que cuando se dicta un reglamento en que están involucrados uno o más ministros, lo lógico es que tengan opinión.

 

Finalmente, el Ministro de Economía Pablo Longueira agradeció el trabajo realizado por los senadores y destacó el acuerdo que se logró en torno a una materia fundamental para fortalecer los derechos de los consumidores.

 

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