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  Ingresó proyecto que regula la reprogramación de créditos universitarios

  La iniciativa del Ejecutivo, establece, entre otros, mecanismos de incentivos a los administradores del fondo solidario con el fin de combatir las pérdidas del fisco que alcanzan los $300 mil millones.

17 de agosto de 2011

Con el objeto de establecer mecanismos que incentiven el pago oportuno de las cuotas adeudadas del fondo solidario de crédito universitario, el Ejecutivo envió al Senado un proyecto que fomenta la reprogramación de ellas y perfecciona el funcionamiento del fondo.

La iniciativa, que será revisada por las Comisiones de Educación y Hacienda, consta de tres artículos permanentes: el primero, regula la reprogramación de créditos universitarios; el segundo, modifica la ley N° 19.287, que modifica la ley N° 18.591 y Establece Normas sobre Fondos Solidarios de Crédito Universitario; y por último, introduce un mecanismo de incentivos a los administradores del fondo con la finalidad de lograr una mejor recuperación.

Según lo expresa el texto legal, "el fondo solidario de crédito universitario ha facilitado el acceso a la educación superior de miles de jóvenes. Para que dicho sistema opere de forma adecuada, es fundamental que quienes se beneficiaron del mismo asuman su obligación de restituir lo recibido en préstamo, permitiendo así que nuevos jóvenes accedan a los mismos beneficios y, por ende, a las mismas oportunidades".

Añade que "el pago del préstamo es entonces uno de los pilares del sistema de crédito solidario, razón por la que se requiere establecer mecanismos que permitan recuperar los créditos e incentivar el pago oportuno de las cuotas correspondientes".

En la actualidad, existen aproximadamente 110.000 deudores del crédito del fondo solidario que se encuentran morosos, lo que representa una deuda equivalente a 300 mil millones de pesos, y la consecuente pérdida para el fisco.

CONTENIDO DEL PROYECTO

La iniciativa establece nuevas condiciones de pago con el objeto de beneficiar a los deudores de los fondos solidarios de créditos universitarios, crédito universitario y crédito fiscal universitario, que se encontraran en mora al 30 de junio de 2011 y que no se hubieren acogido a ninguna reprogramación anterior.

Asimismo, indica que "se podrá efectuar una condonación total o parcial de los intereses penales, lo que se determinará de acuerdo a un pago inicial que debe realizar el deudor, y en la fijación de un nuevo número de cuotas anuales".

También se posibilita, entre otros, que los deudores del fondo solidario de crédito universitario anticipen voluntariamente el inicio de su período de pago y se establece la posibilidad de suspender la obligación de pago a los deudores que acrediten cesantía, por un período máximo de doce meses.

El proyecto de ley propone a su vez, "modificar el mecanismo de determinación de la deuda para los deudores que no declaran sus ingresos dentro de los plazos legales, con el objeto de hacerla menos gravosa y de esta forma permitir una mayor recuperación".

Finalmente, se reduce el interés penal en caso de incumplimiento del pago anual por parte del deudor, en un 0,5%; y, se faculta a los administradores del fondo para que, una vez transcurridos dos años desde la publicación de esta ley, reprogramen la deuda morosa y condonen un porcentaje de los intereses penales de los deudores que no hubieren reprogramado.

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