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  Modificarán la Ley del deporte para fomentar la práctica de esa actividad entre los alumnos

  Llegó al Senado un proyecto que refunde 8 mociones de diputados de todos los sectores y que, entre otras medidas, pretende facilitar la rendición de certámenes y pruebas.

23 de agosto de 2011

Establecer un mecanismo flexible que permita a los alumnos de distintos niveles compatibilizar sus actividades académicas con los programas de entrenamiento y participación de competiciones deportivas, es uno de los objetivos del proyecto que modifica la Ley del Deporte y que llegó al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional.

La iniciativa que refunde ocho mociones de distintos diputados, fue remitida a la Comisión de Educación para su estudio.

En lo fundamental, la propuesta establece que "las instituciones de educación de todo nivel fomentarán y facilitarán la práctica del deporte por parte de sus alumnos, además de crear becas de acceso a deportistas destacados".

Para ello, dispone que se deberán otorgar a los alumnos y deportistas destacados "las facilidades necesarias a fin de hacer compatibles sus estudios con la práctica intensiva del deporte".

En tal sentido, señala que "todo establecimiento educacional reconocido por el Estado deberá establecer un mecanismo flexible de certámenes y sistemas permanentes que permitan a sus alumnos designados como seleccionados de cualquier nivel etario o territorial, árbitros, jueces o técnicos en cualquier actividad deportiva oficialmente patrocinada por una federación o asociación, hacer compatibles sus actividades académicas con los programas de entrenamiento y participación en las competiciones deportivas".

Del mismo modo, se señala que la existencia de dichos sistemas será requisito obligatorio para todas las instituciones de educación que postulen a la asignación de recursos por parte del Instituto Nacional de Deportes de Chile destinados al financiamiento de proyectos deportivos de cualquier tipo.

FUNCIONAMIENTO

La iniciativa propone que para poder ejercer el derecho a utilizar el mecanismo alternativo de certámenes, los deportistas, árbitros, jueces o técnicos deberán presentar al establecimiento, con anterioridad a la competencia un certificado de la respectiva federación o asociación en que consten los periodos por los cuales requieran hacer uso del régimen excepcional.

Se señala que ese lapso se descontará del porcentaje de asistencia a clase requerido por la institución para aprobar la promoción de sus alumnos. Asimismo, establece que "dentro de quinto día, y por escrito, el establecimiento educacional deberá comunicar al interesado la fecha alternativa de toma de pruebas o exámenes que estableciere a su respecto, y la cantidad de días que descontare de su requerimiento de asistencia a clase".

En otro ámbito, el proyecto también modifica la Ley del deporte en lo relativo a la entrega de recursos por asignación directa.

En tal sentido, propone que "el financiamiento de proyectos deportivos mediante la modalidad de asignación directa hecha con cargo a las cuotas nacional y/o regionales del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte, siempre proporcionalmente en relación a las señaladas cuotas, no podrá exceder el 10% de los recursos asignados anualmente al Fondo por la Ley de Presupuestos, leyes especiales y aquellos que el Instituto destine a la conformación del mismo".

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