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  Perfeccionarán la entrega de información presupuestaria por regiones

  La Comisión de Hacienda concluyó el despacho del articulado del proyecto iniciado en moción de los senadores José Antonio Gómez, Camilo Escalona, Eduardo Frei, Ricardo Lagos y Alejandro Navarro.

2 de agosto de 2011

En condiciones de ser analizado por la Sala del Senado quedó el proyecto que perfecciona la entrega de información presupuestaria al Congreso y que tuvo su origen en una moción de los senadores José Antonio Gómez, Camilo Escalona, Eduardo Frei, Ricardo Lagos y Alejandro Navarro. Ello, luego de que la Comisión de Hacienda despachara las indicaciones presentadas por el Ejecutivo y que contribuyen a una mayor transparencia.

Así lo manifestó el senador Eduardo Frei Ruiz-Tagle, presidente de la instancia, quien explicó que "este proyecto resuelve la necesidad de la Comisión Especial Mixta de Presupuestos para poder recibir la información desagregada por regiones porque no tenemos dicha información por Ministerios. Además los datos se entregan en forma difícil de manejar y por ello, consideramos necesario simplificarla y ponerla a disposición de los parlamentarios"

Explicó que las indicaciones aprobadas apuntan específicamente a "mejorar la forma de presentar la información para tener acceso a ella, en especial, la información regional porque no está desagregada y hay una serie de datos que se refieren a la ejecución presupuestaria".

Cabe recordar que en respuesta a las solicitudes y planteamientos que le hicieron los senadores durante la discusión en general del proyecto que regula la entrega de información presupuestaria al Congreso, el Ejecutivo presentó una indicación sustitutiva con el objeto de precisar los plazos y formas en que se deberán entregar tales antecedentes.

En lo fundamental, la moción busca posibilitar el acceso, por parte del Congreso Nacional, a la información relativa a los decretos que dispongan modificaciones o reasignaciones presupuestarias, al conocimiento desagregado de las partidas contenidas en el proyecto de ley de presupuestos, y al estado de la ejecución presupuestaria.

Asimismo, apunta a establecer facultades para solicitar, vía oficio, información relacionada con el presupuesto de la Nación a los distintos organismos de la Administración Central del Estado y a las Empresas del Estado consideradas en el presupuesto de la Nación.

De este modo "la Dirección de Presupuestos deberá remitir, por medios electrónicos, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, dentro de los primeros 15 días de cada mes, copia de los decretos totalmente tramitados en el mes anterior que dispongan modificaciones o reasignaciones presupuestarias e identificaciones de iniciativas de inversión".

Asimismo, se dispone que dentro de los 30 días siguientes al vencimiento del trimestre respectivo, la Dirección de Presupuestos deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe consolidado de las modificaciones presupuestarias efectuadas en el trimestre anterior, especificando los montos incrementados o disminuidos por subtítulo y partida.

También se establece que la Dipres deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, en forma complementaria y como parte de los antecedentes para la discusión de la Ley de Presupuestos, información desagregada a nivel de ítems y asignaciones de los subtítulos de gastos de todas las partidas presupuestarias, incluyendo datos desagregados a nivel regional, cuando corresponda.

Del mismo modo, deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos la nómina de las iniciativas de inversión que se proyecta ejecutar el año siguiente, desglosada por Ministerio, y detallada a nivel regional y comunal, cuando ello sea factible, para las partidas correspondientes a lo menos, de los Ministerios de Interior, Educación, Obras Públicas, Justicia, Defensa, Salud, Vivienda  y Transportes y Telecomunicaciones. Esta misma información deberá ser remitida respecto al presupuesto del Instituto Nacional del Deporte.

También se dispone que los Ministerios informen trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca del nivel de avance en la ejecución física en materia de inversiones, la cantidad de beneficiarios o volumen de servicios entregados, según sea el caso y cuando ello sea posible, asociado a la ejecución financiera de los subtítulos de gasto de sus respectivas partidas presupuestarias, incluyendo información desagregada a nivel regional que se encuentre disponible. En todo caso, podrán especificar aquellos programas, proyectos o gastos que, por sus características, no se registran regionalmente.

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