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  Plan de financiamiento de la reconstrucción en condiciones de ser promulgado como Ley de la República

  Senado ratificó el informe de la Comisión Mixta que dirimió las discrepancias surgidas entre ambas Cámaras en torno al proyecto que entrega recursos para la reconstrucción, pero sin las normas sobre royalty minero.

14 de julio de 2010

En condiciones de ser promulgado como Ley de la República quedó el proyecto sobre financiamiento de la reconstrucción, luego de que el Senado aprobara por unanimidad, el informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias surgidas entre ambas Cámaras sobre la iniciativa. Previamente, este informe había sido ratificado también por la Cámara Baja.

Cabe recordar que el informe de la Comisión Mixta no logró acuerdo sobre las normas relativas al alza en el impuesto específico a la gran minería, a cambio de aumentar el plazo de invariabilidad tributaria para el sector hasta el año 2025. Dicha medida iba a rendir unos US$600 millones.

De este modo, el proyecto que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción del país, tras el terremoto y maremoto del pasado 27 de febrero rendirá mayores ingresos tributarios que se calculan en unos US$2.633 millones para el período 2010-2013, por concepto de impuesto de primera categoría, contribuciones y tabaco.

A esto se suman US$ 600 millones de la Ley Reservada del Cobre: US$ 300 millones en 2010 y otros US$ 300 millones en 2011.

El Plan de Financiamiento de la Reconstrucción establece aumentos transitorios del Impuesto de Primera Categoría y del Impuesto Territorial (contribuciones) a las propiedades de mayor avalúo fiscal, a excepción de los predios agrícolas. Asimismo, en materia tributaria, establece un alza permanente del impuesto específico al tabaco.

El proyecto despachado a ley también fija beneficios tributarios a las pequeñas y medianas empresas (Pymes) que reinviertan sus utilidades, y rebaja a 0,6% el Impuesto de Timbres y Estampillas, que subió temporalmente a 1,2% el pasado 1 de julio a raíz del retraso en la aprobación de esta iniciativa.


En lo fundamental, se establece un aumento transitorio del impuesto de primera categoría para los años 2011 y 2012, con una tasa adicional el primer año de un 3%, llegando el impuesto a 20%; mientras que para el segundo año, se contempla un aumento de 1,5% respecto del régimen normal, lo que dejaría el Impuesto de Primera Categoría en 18,5%, retornando la tasa al nivel general de 17% a partir del año calendario 2013.

Por otra parte, el proyecto restringe a dos, el número máximo de propiedades que una persona natural puede acoger a los beneficios de las viviendas económicas DFL-2.

La iniciativa también contempla un aumento del impuesto específico al tabaco, equivalente a 0,0000675 UTM ($2,49) por cada unidad que contengan los paquetes, cajas o envoltorios de cigarrillos, y adicionalmente, se aplicará un impuesto de 62,3% sobre el precio de venta al consumidor, incluidas otras tasas.

Finalmente, se excluye como renta para fines tributarios los depósitos convenidos por hasta 900 UF acumulados al año, y autoriza el traspaso de fondos de la Ley Reservada del Cobre para fines de la reconstrucción, de 300 millones de dólares anuales, el 2010 y 2011.

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