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  Ejecutivo presentó indicación sustitutiva a proyecto que regula la entrega de información presupuestaria al Congreso

  Las modificaciones propuestas apuntan a perfeccionar la iniciativa, precisando una serie de aspectos relativos a los plazos y formas en que se deben entregar los antecedentes.

1 de agosto de 2011

En respuesta a las solicitudes y planteamientos que le hicieron los senadores durante la discusión en general del proyecto que regula la entrega de información presupuestaria al Congreso, el Ejecutivo presentó una indicación sustitutiva con el objeto de precisar los plazos y formas en que se deberán entregar tales antecedentes.

 

Cabe recordar que el proyecto fue presentado por los senadores José Antonio Gómez, Camilo Escalona, Eduardo Frei, Ricardo Lagos y Alejandro Navarro, y ya fue aprobado en general por la Sala de la Cámara Alta.

 

En lo fundamental, la moción busca posibilitar el acceso, por parte del Congreso Nacional, a la información relativa a los decretos que dispongan modificaciones o reasignaciones presupuestarias, al conocimiento desagregado de las partidas contenidas en el proyecto de ley de presupuestos, y al estado de la ejecución presupuestaria.

 

Asimismo, apunta a establecer facultades para solicitar, vía oficio, información relacionada con el presupuesto de la Nación a los distintos organismos de la Administración Central del Estado y a las Empresas del Estado consideradas en el presupuesto de la Nación.

 

 

INDICACIONES

 

En tanto, las indicaciones presentadas por el Ejecutivo señalan que "la Dirección de Presupuestos deberá remitir, por medios electrónicos, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, dentro de los primeros 15 días de cada mes, copia de los decretos totalmente tramitados en el mes anterior que dispongan modificaciones o reasignaciones presupuestarias e identificaciones de iniciativas de inversión".

 

Asimismo, dispone que dentro de los 30 días siguientes al vencimiento del trimestre respectivo, la Dirección de Presupuestos deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe consolidado de las modificaciones presupuestarias efectuadas en el trimestre anterior, especificando los montos incrementados o disminuidos por subtítulo y partida.

 

También establece que la Dipres deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, en forma complementaria y como parte de los antecedentes para la discusión de la Ley de Presupuestos, información desagregada a nivel de ítems y asignaciones de los subtítulos de gastos de todas las partidas presupuestarias, incluyendo datos desagregados a nivel regional, cuando corresponda.

 

Del mismo modo, deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos la nómina de las iniciativas de inversión que se proyecta ejecutar el año siguiente, desglosada por Ministerio, y detallada a nivel regional y comunal, cuando ello sea factible, para las partidas correspondientes a lo menos, de los Ministerios de Interior, Educación, Obras Públicas, Justicia, Defensa, Salud, Vivienda  y Transportes y Telecomunicaciones. Esta misma información deberá ser remitida respecto al presupuesto del Instituto Nacional del Deporte.

 

 

La indicación del Ejecutivo también propone que los Ministerios informen trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca del nivel de avance en la ejecución física en materia de inversiones, la cantidad de beneficiarios o volumen de servicios entregados, según sea el caso y cuando ello sea posible, asociado a la ejecución financiera de los subtítulos de gasto de sus respectivas partidas presupuestarias, incluyendo información desagregada a nivel regional que se encuentre disponible En todo caso, podrán especificar aquellos programas, proyectos o gastos que, por sus características, no se registran regionalmente.

 

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