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  Quieren garantizar calidad y transparencia de información financiera que acompaña los proyectos de ley

  El senador Andrés Zaldívar presentó una moción en esa línea y dijo que ¿resulta indispensable que el Congreso Nacional cuente con información detallada sobre los ingresos y gastos fiscales que impliquen las distintas iniciativas legales sometidas a su análisis¿.

7 de abril de 2011

Una iniciativa que busca garantizar la transparencia de la información financiera que acompaña los proyectos de ley, presentó el senador Andrés Zaldívar tras explicar que la medida establece que no podrá iniciarse la tramitación de ningún proyecto de ley originado en Mensaje del Presidente de la República sin el correspondiente informe financiero de la Dirección de

Presupuestos del Ministerio de Hacienda.

 

"Dicho informe financiero deberá contener una exposición precisa y clara acerca de los gastos y/o ingresos fiscales que pudiere importar la aplicación de las  normas del proyecto que acompaña, la fuente de los recursos que la iniciativa demande y la estimación de su posible monto", precisó.

 

Aclaró que cada indicación presentada por el Ejecutivo durante la tramitación de los proyectos de ley, deberá ser acompañada con un informe financiero complementario o sustitutivo, según corresponda.

 

"En caso que el Ejecutivo estime que un proyecto de ley o una indicación, no genera gastos ni ingresos fiscales, deberá emitir un informe financiero que así lo señale", afirmó el legislador.

 

De igual forma, el senador Zaldívar sostuvo que "los informes financieros que acompañen los proyectos de ley originados en Mensaje del Presidente de la República, así como las indicaciones presentadas por el Ejecutivo a los mismos, deberán incluir, al menos, la siguiente información: Estimación del impacto fiscal sobre ingresos y gastos proyectado a diez años  expresado en pesos de un mismo año base; especificación desglosada por ítem de gastos e ingresos para el período indicado; explicación de los supuestos utilizados para el cálculo de los gastos e ingresos fiscales asociados al proyecto; en el caso de los gastos, identificación de su fuente de financiamiento".

 

Finalmente, el senador agregó que "si la Sala o la Comisión que recibiera un informe financiero estimare, por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio, que éste no cumple con la entrega de información exigida por la ley, podrá declararlo expresamente y se suspenderá la tramitación del proyecto hasta que la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda complemente el informe observado".

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