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  Plantean definir por ley cual será la capacidad de carga turística para zonas de especial atractivo

  Los senadores Alejandro Navarro, Guido Girardi y Fulvio Rossi presentaron una moción que será analizada por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.

22 de junio de 2010

La reforma constitucional que busca restringir la permanencia en los territorios especiales de Isla de Pascua y el Archipiélago de Juan Fernández, con el objetivo de velar por el desarrollo sustentable de ambos lugares, puso en el tapete la necesidad de definir con precisión cuál es la capacidad de carga turística que pueden soportar sin dañar el ecosistema.

De ahí que los senadores Alejandro Navarro, Guido Girardi  y Fulvio Rossi presentaran una moción -que fue remitida a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales- para establecer la definición legal de la capacidad de carga turística.

En lo fundamental la iniciativa propone incorporar a la Ley que crea el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado una disposición que señala que la "capacidad de carga turística; se refiere al número máximo de visitantes, que un área silvestre protegida donde se practique el ecoturismo puede soportar, de acuerdo a la tolerancia del ecosistema y al uso de sus componentes, de manera que no rebase su capacidad de recuperarse en el corto plazo, sin disminuir la satisfacción del visitante o se ejerza un impacto adverso sobre la sociedad, la economía o la cultura de un área".

CAPACIDAD DE CARGA

La capacidad de carga es un concepto muy utilizado en el campo de la ecología y sugiere la posibilidad de contener o acomodar algo en un determinado espacio. Desde hace décadas, los investigadores del turismo han venido utilizándolo para referirse al número máximo de turistas que puede albergar un área de destino.

A su vez, diversos estudiosos y expertos del tema han tratado de definir el concepto de capacidad de carga turística. Sin embargo, resultan más completas las definiciones del término que hace la propia Organización Mundial del Turismo (OMT) al contemplar diversos puntos de vista como el económico, el medioambiental y el social, entre otros.

Según los senadores Navarro, Girardi y Rossi "es por la importancia que tiene establecer la capacidad de carga que las áreas silvestres protegidas pueden soportar, que el manejo de visitantes a un área protegida debe ser rigurosamente planificado para alcanzar los objetivos de conservación por los cuales fue creada, de manera de lograr que los visitantes tengan una experiencia de calidad y puedan satisfacer sus expectativas".

La capacidad de carga turística representa el máximo nivel de uso por visitantes que un área determinada puede sostener y se puede definir como la capacidad que posee un ecosistema para mantener organismos mientras mantiene su productividad, adaptabilidad y capacidad de regeneración.

El cálculo de la capacidad de carga turística se debe hacer a través de un proceso complejo en el que se deben considerar una serie de factores físicos, ecológicos, económicos, sociales y culturales y su determinación constituye una aproximación cierta a la intensidad de uso de las áreas silvestres protegidas destinadas al uso público, lo que sustenta y requiere decisiones de manejo.

La estrategia turística desarrollada por el Estado promociona al país en los mercados turísticos internacionales bajo el lema "Chile Naturaleza que Conmueve", lo que manifiesta la intención de transformar al país en un destino reconocido por sus riquezas naturales.

En tal sentido, agregan que "los modelos de gestión ambiental y territorial contribuyen a un más eficiente uso turístico de las áreas protegidas a través de una adecuada planificación y manejo del territorio, así como a la implementación de una forma de protección cuya eficacia y viabilidad no puede fundarse en cercas y multas, sino en la integración y compatibilidad de los planteamientos utilitaristas y los dirigidos a la protección de los recursos naturales".

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