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  Presentan reforma sobre cierre de faenas mineras para yacimientos que contengan hidrocarburos

  El proyecto, iniciado en moción de un grupo de senadores fue remitido a la Comisión de Minería y Energía para su estudio.

22 de agosto de 2011

La reforma constitucional busca que el Presidente de la República, en su facultad de establecer, vía decreto supremo, condiciones especiales para el cierre de faenas mineras de yacimientos que contengan hidrocarburos se rija por lo indicado en la ley respectiva, los senadores Jaime Orpis, Isabel Allende, Ximena Rincón, José Antonio Gómez y Baldo Prokurica presentaron una moción que será analizada por la Comisión de Minería y Energía.

El texto legal señala que "la exploración, la explotación o el beneficio de los yacimientos que contengan sustancias no susceptibles de concesión, podrán ejecutarse directamente por el Estado o por sus empresas, o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo".

Añade que "no obstante, la facultad del Presidente de la República para fijar los requisitos y condiciones inherentes a cada proyecto, en materia de cierre de faenas mineras deberá regirse por lo consagrado en la ley respectiva."

Agrega que esta norma "se aplicará también a los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional y a los situados, en todo o en parte, en zonas que, conforme a la ley, se determinen como de importancia para la seguridad nacional".

Especifica que "el Presidente de la República podrá poner término en cualquier tiempo, sin expresión de causa y con la indemnización que corresponda, a las concesiones administrativas o los contratos de operación relativos a explotaciones ubicadas en zonas declaradas de importancia para la seguridad nacional".

Cabe recordar, que la ley, sobre cierre de faenas mineras, fue aprobada recientemente en el Congreso Nacional. Ésta señala que el cierre de las faenas de la industria extractiva minera se regirá por ella, sin perjuicio de las demás normas que resulten aplicables en los ámbitos específicos de su competencia.

En el caso del Plan de Cierre de Faenas de Hidrocarburos, el Presidente de la República tiene la más absoluta libertad para fijar condiciones y éstas por tener una consagración constitucional primarían sobre la ley que rige al respecto. La reforma, propuesta por los senadores, precisamente  viene a resolver este asunto y establece que "en materia de cierre de faenas mineras deberá regirse por lo consagrado en la ley respectiva."

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