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  Endurecerán las sanciones por infracción a la ley sobre consumo y expendio de alcohol

  Así lo dispone la moción de los senadores Carlos Bianchi, José García Ruminot, Carlos Kuschel, Jaime Orpis y Baldo Prokurica.

6 de septiembre de 2010

Hacer más efectivas las sanciones por infracciones a la ley sobre expendio y consumo de alcohol e implementar programas de rehabilitación y prevención del consumo abusivo es el fin que pretende la moción presentada por los senadores Carlos Bianchi, José García Ruminot, Carlos Kuschel, Jaime Orpis y Baldo Prokurica.

La iniciativa que será analizada por la Comisión de Constitución, modifica la Ley 19.925 de modo disuadir a los infractores, mediante el pago de multas y la implementación de programas de rehabilitación y prevención.

Según información publicada por el CONACE, el alcohol es la droga más consumida en el mundo y su uso genera graves y costosos problemas sociales. En Chile, su uso supera por mucho el de cualquier droga ilícita (marihuana, cocaína y/o pasta base).

De hecho, un 73,08% de los encuestados en el Cuarto Estudio Nacional sobre uso de Drogas en Población General, realizado por el CONACE, declaró haber consumido alcohol, contra un 6,28% que reconoció consumo de cualquier droga ilícita en el último año el 17,7% de los estudiantes ha consumido alcohol entre los 12 y 18 años.

Por estas razones, la moción dispone que en el caso de que la persona requiera tratamiento o seguir alguno de los programas previstos para estos casos las autoridades deberán disponer su traslado al lugar donde cuente con la red de apoyo familiar necesaria para el éxito de su tratamiento.

Ello, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos: que proceda de un lugar distinto a donde cometió la infracción; no tenga familiares en la zona que puedan ayudarle a su recuperación, que preste su consentimiento y que existan en el lugar de destino los programas y tratamientos necesarios.

Asimismo se establece que deberá llevarse un registro actualizado y un procedimiento de seguimiento y evaluación de los programas que permita su modificación y adaptación a los objetivos perseguidos. Estos programas deberán comunicarse periódicamente a tribunales a fin de que estos puedan al momento de resolver indicar con certeza el organismo responsable y programa que se deberá seguir.

Los procedimientos de evaluación deberán hacerse a cada programa implementado cada dos años, con el objeto de medir la eficacia en los resultados y determinar su continuación, modificación o reemplazo. Estos resultados deberán ser publicados en las páginas de los ministerios respectivos.

El senador Carlos Bianchi, uno de los impulsores e la iniciativa señaló que "no es solo la conducta del enfermo en cuestión la que necesita un cambio, sino también el enfoque que le da la sociedad, es por ello que nuestro país ha avanzado en la implementación de programas de ayuda y en programas de educación en los colegios con el objeto de prevenir el abuso del alcohol".

Por estas razones estimó necesario "ir adaptando nuestro ordenamiento jurídico para que sea más eficiente tanto al momento de castigar una conducta con el fin de que tal pena o castigo tenga en verdad un efecto disuasivo en quien infringe nuestras normas, como para cumplir eficazmente con la responsabilidad de implementar programas de ayuda para quienes se encuentran en situaciones de dependencia, de que estos tengan un debido seguimiento que los haga efectivos".

Puntualizó que no se trata solo se hacer uso de la potestad sancionatoria del Estado, sino de crear las condiciones necesaria para lograr la superación de la enfermedad y el desarrollo de las personas en estricto apego de lo que manda nuestra Constitución".

El parlamentario enfatizó que "se trata de ser conscientes de su dignidad humana y de buscar que ellos se sientan parte de la sociedad, es posible que si se les dan las herramientas necesarias y la posibilidad de encontrar una motivación, logremos -no sólo prevenir que caigan en mayores desgracias como podría ser una situación de total abandono en las calles- sino también podríamos evitar que crezca el numero de familias desintegradas por los problemas de alcoholismo".

Señaló que el alcoholismo es una enfermedad crónica, progresiva y que a menudo puede llegar a ser mortal, ya que desarrolla en el sujeto una fuerte dependencia emocional e incluso, orgánica del alcohol. La OMS define el alcoholismo como la ingestión diaria de alcohol superior a 50 gramos en la mujer y 70 gramos en el hombre.

Los efectos del consumo de alcohol en el organismo depende de la dosis, y del sujeto que lo ingiere, por lo tanto tenemos factores objetivos y subjetivos que interrelacionan y que pueden provocar entre otros muchos efectos negativos en la salud: afecciones cardíacas, problemas gastrointestinales, problemas al sistema nervioso central, afectando no sólo las funciones motoras sino incluso, perjudicando el entendimiento y el juicio.

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