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  Mayores exigencias tendrán los valores máximos de concentración para la emisión de arsénico en provincia de Valparaíso

  Así lo dispone el proyecto de acuerdo aprobado en forma unánime por la Sala y que responde a los graves episodios de contaminación que ha experimentado la zona, en el último tiempo.

4 de enero de 2012

Revisar las exigencias de los valores máximos de concentración para la emisión de arsénico en la provincia de Valparaíso, que no han tenido variación desde hace 13 años, es el fin a que apunta el proyecto de acuerdo, aprobado en forma unánime por la Sala y que fue impulsado por los senadores Lily Pérez San Martín, Ignacio Walker, Ximena Rincón y José García Ruminot, Carlos Kuschel, Hosaín Sabag y Patricio Walker.

 

En la iniciativa los legisladores solicitan al Ejecutivo revisar dichos indicadores que se encuentran contemplados en el Decreto N° 165 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

 

En lo fundamental, el texto solicita al Presidente de la República para que revise "los valores máximos de concentración para la emisión de arsénico en la provincia de Valparaíso que se encuentran contemplados en el artículo 10 del Decreto N° 165 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 1998, a objeto de que sean más exigentes en relación a un verdadero desarrollo sustentable en la bahía de Quintero (comunas de Puchuncaví y Quintero)".

 

Precisa que "el Decreto N° 165, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia del año 1998 establece la norma de emisión para la regulación del contaminante arsénico emitido al aire y, por tanto, fija las normas máximas de emisión de dicho contaminante en el aire, atendiendo a la zonas geográficas, al tipo de fuente emisora y fijando plazos".

 

Asimismo, indica que "el Decreto N° 165 consagra el límite máximo para la provincia de Valparaíso, estableciendo 120 ton/año por 400.000 ton/año de concentrado de cobre".

 

Sin embargo, advierte que "este parámetro no fue incluido en el Plan de Descontaminación del Complejo Industrial Ventanas, propuesto por la Fundición de Enami y la Central Termoeléctrica Chilgener, aprobado por Decreto Supremo N° 252, del Ministerio de Minería del año 1992, debido a que la norma es posterior a la fecha de dictación de este plan".

 

Se aclara además que a raíz "de los hechos acaecidos en la Escuela La Greda, de Ventanas, comuna de Puchuncaví en el año 2011, especialmente lo relacionado con la nube tóxica que afectó a esa localidad han generado la necesidad de replantearse los estándares máximos que la norma contempla, de manera de establecer unos estándares que sean más estrictos y que protejan la salud de los habitantes de las zonas".

 

Puntualizaron "es necesario considerar que los informes de Seguimiento del Plan de Descontaminación Regional (suscritos por el Ministerio de Salud, el Servicio Agrícola y Ganadero, SAG y el Ministerio del Medio Ambiente) registraron las siguientes emisiones de arsénico en los años 2007 y 2008; Ventanas 73 ton y 80 ton., lo que se encuentra muy por debajo de los límites máximos fijados por el Decreto N° 165 y plantea la posibilidad de revisar la vigencia de los actuales parámetros".

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