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  Exigen al Ejecutivo que promueva la pesca artesanal, regule la captura de jibia y otorgue el 100% de cuotas al sector

  Estos son los fundamentos de tres proyectos de acuerdo aprobados por el Senado donde se solicita al gobierno apoyar dicho sector económico.

4 de enero de 2012

Con el voto unánime de los senadores presentes en la Sala, la Cámara Alta aprobó un proyecto de acuerdo donde pide al Presidente de la República, que instruya al ministro de Economía y al subsecretario de Pesca, con el fin que en la reforma de la legislación pesquera, fomente a la pesca artesanal, y legisle de manera progresiva  para que dicho sector obtenga la máxima cuota global de todas las especies de valor comercial.

Ello, al respaldar el proyecto de acuerdo presentado por los senadores Alejandro Navarro, José Antonio Gómez, Jaime Quintana y Eugenio Tuma, donde instan también al Ejecutivo, que permita que en aquellas especies en que los pescadores artesanales no tengan las condiciones ni naves necesarias para realizar la extracción, puedan asociarse con dueños de buques chilenos para realizar la captura de los peces, manteniendo la exigencia de subastar de primera venta las capturas realizadas.

Según explicaron los senadores "la Ley General de Pesca y Acuicultura (18.892 de 1989) establece en su artículo N° 50 que "el régimen de acceso a la explotación de los recursos hidrobiológicos para la pesca artesanal es el de libertad de pesca. No obstante, para ejercer actividades pesqueras extractivas, los pescadores artesanales y sus embarcaciones deberán previamente inscribirse en el registro artesanal...".

Sin embargo, añadieron que  "a partir del 2002, mediante las modificaciones que la Ley N°19.849 introdujo a la Ley N°19.713, que establece como medida de administración el Límite Máximo de Captura por Armador (LMCA) a las principales pesquerías industriales nacionales y la regularización del registro pesquero artesanal, estableció el fraccionamiento de la cuota global de captura entre el sector pesquero artesanal e industrial, en diversos recursos hidrobiológicos".

Precisaron que "de acuerdo a los antecedentes entregados por el Ministerio de Economía y la Subsecretaría de Pesca, a septiembre del 2010, de un total de 22 pesquerías nacionales, 9 están en situación de sobreexplotación, 4 en condición de altamente explotados y solo 9 en niveles considerados seguros para la conservación".

Indicaron que "a partir de la implementación de la ley de LMCA (2001) es cuando comienza a evidenciarse una mayor brecha, negativa, en la relación entre cuotas asignadas y el desembarque de distintas pesquerías, especialmente en el ámbito industrial. Mientras, en el sector artesanal se mantiene un equilibrio entre cuotas asignadas, desembarques y los procesos biológicos que permiten la sustentabilidad de la biomasa".

Los parlamentarios dijeron que "a partir de las reiteradas demandas de los pescadores artesanales de aumentar su participación en el fraccionamiento de la pesca, nos parece que una justa división de las actividades sería provechoso para Chile y los diferentes actores de la actividad pesquera".

JIBIA

La Sala del Senado también aprobó por 9 votos a favor, 6 en contra y una abstención, el proyecto de acuerdo en que se solicita al Ejecutivo que dicte normas que regulen la pesquería de la jibia, y la establezca como una actividad esencialmente artesanal.

El texto fue presentado por los senadores Alejandro Navarro, Ximena Rincón, José Antonio Gómez, Jaime Quintana, Fulvio Rossi y Eugenio Tuma.

En él también se insta al Ejecutivo para que instruya a otras carteras a incorporar a sus políticas públicas el fomento al consumo humano interno de este cefalópodo, especialmente, considerando su bajo costo y su alto valor nutricional.

Los legisladores argumentaron que "la composición química y nutricional de la carne de jibia presenta: humedad, grasa, proteína, sales minerales y calorías; ácidos grasos; y entre sus componentes minerales sodio, potasio, calcio, fierro y magnesio. Por ello, han existido interesantes experiencias buscando asociar las capturas de jibia efectuadas por los pescadores artesanales con la producción de alimentos nutritivos y saludables para la alimentación escolar, como las hamburguesas de jibia, que tenían como fin último, colaborar en el control de sobrepeso en los niños".

Añadieron que "en el actual contexto de crisis de la mayoría de las más importantes pesquerías nacionales, la captura de la jibia ha sido una actividad de los pescadores artesanales que ha permitido suplir la falta de pescada y de ingresos que han deteriorado la calidad de vida de muchos ellos. Sin embargo, el que la jibia no sea una pesquería regulada y que se permita su incorporación a la producción industrial de harina, afectan los puestos de empleo en la pesca artesanal y limita su incorporación a los productos pesqueros de consumo humano nacional".

CUOTAS DE CAPTURA

La Sala del Senado también aprobó por 10 votos a favor y 8 en contra el proyecto de acuerdo mediante el cual se solicita al Ejecutivo que le otorgue al sector artesanal el 100% de las cuotas globales en todas las especies de valor comercial.

La propuesta, que fue presentada por los senadores Alejandro Navarro, Ximena Rincón, Jaime Quintana y Fulvio Rossi, insta al Presidente de la República que instruya al ministro de Economía y al subsecretario de Pesca para que legisle con el fin que sólo los pescadores artesanales realicen la extracción de los recursos pesqueros.

Para ello, dichos pescadores tendrán la obligación de vender en subasta pública la primera venta la totalidad de las capturas en un mercado transparente para asegurar a los restantes actores el acceso a la materia prima. Asimismo, la propuesta señala que el sector industrial, teniendo acceso a la pesca mediante la subasta, podrá adquirir la materia prima necesaria para desarrollar su negocio industrial y comercial.

También solicita al Ejecutivo que permita que en aquellas especies en que los pescadores artesanales no tengan las condiciones ni naves necesarias para realizar la extracción, puedan asociarse con dueños de buques chilenos para realizar la captura de los peces,  manteniendo la exigencia de subastar de primera venta las capturas realizadas con dichas embarcaciones.

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