Click acá para ir directamente al contenido

  Perfeccionarán proyecto que sanciona la pesca ilegal en el área de convergencia Antártica

  Senado aprobó en general iniciativa que modifica la Ley de Pesca para adecuarla a las disposiciones de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos.

5 de enero de 2011

Con plazo para realizar indicaciones hasta el 7 de marzo próximo quedó el proyecto, en segundo trámite, que modifica la Ley General de Pesca con el fin de sancionar a las personas que realizan actividades de pesca ilegal en el área de jurisdicción de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, a bordo o valiéndose de naves de pabellón extranjero.

 

Ello, luego de que el Senado aprobara, en forma unánime, la idea de legislar de la iniciativa que adecua nuestra legislación a las normas que establece dicha Comisión.

 

El senador Antonio Horvath, en su calidad de presidente de la Comisión de Pesca, explicó que esta Convención forma parte de un tratado que fue adoptado en Canberra en mayo de 1980 y nuestro país se hace parte en 1981.  Hay 23 países miembros y en total son 34 los Estados Parte.

 

Indicó que "los recursos marinos antárticos tales como: el krill, el pez hielo o bacalao antártico forman parte de ecosistemas complejos y, por lo tanto la protección del entorno es fundamental. Por eso se trata de tomar un rol más activo para impedir la pesca ilegal".

 

El acuerdo propone "ampliar la Ley General de Pesca en orden a que todo chileno con matrícula deberá comunicar la pesca a las autoridades marítimas y se establece la prohibición de los nacionales embarcarse en naves sin nacionalidad o que realicen prácticas ilegales". No obstante, anticipó que en el debate del articulado hay que perfeccionar sus normas respecto a los listados de las organizaciones.

 

Coincidió con su par, el senador Jaime Orpis, quien  aseguró que este proyecto implementa los convenios internacionales porque "toda esta pesca ilegal en torno a la Antártica opera fuera de la zona económica exclusiva sobre la cual no existe jurisdicción y, este proyecto, lo que hace es sancionar con la legislación interna a los chilenos que operan ilegalmente en este tipo de actividades".

 

A su vez, el senador Hosaín Sabag, destacó que "esta normativa impone la obligación a los chilenos de informar a la Dirección General de Territorio Marítimo y Marina Mercante cuando se desempeñen en naves extranjeras en alta mar y entrega a esta Dirección la función de establecer los requisitos para cumplir esta obligación.

 

El senador Alejandro Navarro,  expresó sus dudas sobre "cómo vamos a pedirle a los tripulantes chilenos que sepan si los barcos que embarcan están incluidos o no en las listas de pesca ilegal o si van a enarbolar pabellón extranjero. Los requisitos de las características legales de los permisos de pesca no son responsabilidad del pescador sino del armador", puntualizó.

 

Cabe señalar que entre las actividades que se consideran ilegales, se encuentran: participar en actividades de pesca en el área de la Convención sin la autorización de pesca correspondiente, o en contravención de las condiciones dispuestas en ella; no registrar o no declarar capturas del área de la Convención o hacer declaraciones falsas; pescar en períodos de veda o en áreas cerradas; utilizar artes de pesca prohibidos en contravención a las medidas de conservación pertinentes; y, en general, realizar actividades de pesca infringiendo cualquier otra medida de conservación de la Comisión que perjudique la consecución de los objetivos de la Convención.

 

Esta Medida es obligatoria para Chile en su calidad de Estado Parte de la Convención, debiendo nuestro país adoptar acciones para sancionar las conductas recién descritas respecto de las personas naturales y jurídicas de nacionalidad chilena que operen contraviniéndola.

Imprimir