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  Unánime respaldo a iniciativa que favorecerá a pescadores artesanales afectados por el terremoto

  Senado aprobó legislar sobre la iniciativa que modifica la Ley General de Pesca y establece normas transitorias para enfrentar los daños dejados por el violento sismo.

9 de junio de 2010

Con plazo para realizar indicaciones hasta el próximo lunes 13 de junio, a las 12 horas, quedó el proyecto, en segundo trámite, que modifica la Ley General de Pesca y establece normas transitorias para apoyar a los pescadores artesanales afectados por el terremoto y maremoto de febrero pasado.

Ello, luego de que la Sala aprobara en forma unánime la idea de legislar del proyecto que establece la obligación para las personas naturales o jurídicas que deseen realizar actividades pesqueras de transformación, de inscribirse en un registro que llevará el Servicio Nacional de Pesca.

El senador Antonio Horvath, en su calidad de presidente de la Comisión de Pesca dio cuenta del proyecto que permitirá rehabilitar a los pescadores artesanales damnificados entre regiones de Valparaíso y La Araucanía y que modifica la definición de embarcación pesquera artesanal eliminando la exigencia de contar con un registro grueso máximo de 50 toneladas.

Por otro lado, explicó que en caso de catástrofe natural o daño ambiental la iniciativa reserva una cuota global de captura será hasta un 3% de la fracción regional respectiva o del promedio de desembarque en los tres años anteriores en la región de que se trate".

Precisó que la única diferencia en la Comisión se produjo en la norma que se refiere a la acreditación de residencia efectiva de, a lo menos 3 años, de los pescadores artesanales para poder actuar en la región efectiva. Sin embargo, aclaró que este tema se definirá durante el debate del articulado del proyecto.

En lo fundamental, el proyecto contempla, a través de la modificación de diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuicultura, la flexibilización del régimen de autorización de las plantas de proceso, establece la reserva de la cuota por causa de catástrofe, en aquellos casos en que el decreto de zona de catástrofe involucre sólo parte de una región.

Asimismo modifica el Régimen Artesanal de Extracción, incorporando la facultad de la autoridad pesquera de no considerar los años en que estuvo vigente la declaración de catástrofe, para el cómputo de la historia real de desembarque.

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