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Presupuesto 2019: ¿cuáles son los pasos que vienen en la tramitación del erario nacional?

Octubre y Noviembre son los meses claves para el trámite anual del proyecto de ley de Presupuesto. Este 2019 será austero en cuanto a su expansión. Conozca cuál es el cronograma del trabajo legislativo.

29 de septiembre de 2018

Imagen foto_00000012Con el informe del estado de la Hacienda Pública el martes 2 de octubre ante la Comisión Especial Mixta de Presupuestos se dará inicio –formalmente- al trámite de la ley de presupuesto 2019 que contempla un aumento del gasto fiscal de 3,2% y se enfoca en 5 ejes principales: infancia, salud, educación, empleo y crecimiento, y adultos mayores.

 

La cita es en la Sala de Sesiones del Senado en Valparaíso, entre las 10:30 y las 12:30 horas, donde se reúne la Comisión Especial Mixta de Presupuesto que preside el senador Juan Pablo Letelier. En la ocasión, la instancia escuchará la exposición del Ministro de Hacienda, Felipe Larraín sobre el Estado de la Hacienda Pública, dando cumplimiento así a una práctica republicana que se mantiene desde el siglo XIX cuando el entonces ministro de Hacienda de la época,  Manuel Rengifo redactó la primera Memoria de su cartera, con fecha 4 de octubre de 1834, la que fue leída ante el Senado, el 8 de octubre del mismo año.

 

Para el día siguiente, el 3 de octubre, la Comisión Especial Mixta tiene previsto recibir entre las 12 y las 14 horas, al director de Presupuesto con el fin de conocer el Informe de Finanzas Públicas.

¿CUÁL ES EL CRONOGRAMA DE LA LEY DE PRESUPUESTO?

 

Durante este mes (31 de octubre) sesionarán las 5 Subcomisiones Especiales Mixtas de Presupuesto, integradas tanto por diputados como senadores y que realizan el seguimiento especializado de las distintas partidas presupuestarias.

 

Una vez que dichas Subcomisiones emiten los informes respectivos, se reúne la Comisión Especial Mixta de Presupuesto, -instancia permanente compuesta por 13 senadores y 13 diputados-  quienes durante el año hacen un seguimiento de la Ejecución presupuestaria y, entre los meses de octubre y noviembre, se abocan exclusivamente  a conocer el erario para el año siguiente.

 

El plazo para que las Subcomisiones hagan entrega de los respectivos informes a la Comisión Mixta de Presupuestos vence el 5 de noviembre a las 10 horas. Expirado dicho plazo la Comisión Especial Mixta podrá pronunciarse sobre las respectivas partidas aún sin informe de la Subcomisión.

 

Imagen foto_00000013Entre el lunes 5 al jueves 8 de noviembre está previsto que la Comisión Mixta de Presupuestos realice el análisis del erario y elabore el informe respectivo para el trabajo en Sala, tanto en la Cámara de Diputados como del Senado. Eventualmente, si surgen discrepancias entre ambas Cámaras se debe formar una Comisión Mixta para zanjar las diferencias. Por lo tanto, rigen todas las instancias legales de tramitación, tales como veto presidencial, insistencias u observaciones.

 

Por estas razones se fijó el siguiente calendario para tratar el proyecto de Presupuesto en Sala:

 

-       Martes 13, miércoles 14 y jueves 15 de noviembre: Discusión y votación en la Sala de la Cámara de Diputados.

-       Martes 20 y miércoles 21 de noviembre: Discusión y votación en la Sala del Senado.

-       Martes 27 y miércoles 28 de noviembre:  Eventual Comisión Mixta y despacho del proyecto.

 

Cabe recordar que el plazo constitucional para que el Congreso despache esta iniciativa es de 60 días contados desde la presentación del proyecto de ley ante la Cámara de Diputados.

 

-¿PUEDE EL CONGRESO AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS O INCIDIR EN EL GASTO PÚBLICO?

 

De acuerdo a nuestra Constitución “el Congreso Nacional no podrá aumentar ni disminuir la estimación de los ingresos; sólo podrá reducir los gastos contenidos en el proyecto de Ley de Presupuestos, salvo los que estén establecidos por ley permanente.

 

La estimación del rendimiento de los recursos de la Ley de Presupuestos y de los nuevos que establezca cualquiera otra iniciativa de ley, corresponde exclusivamente al Presidente de la República, previo informe de los organismos técnicos respectivos.

 

Es decir, en todo lo relativo a gastos, la facultad e iniciativa la tiene el Ejecutivo y el Congreso no puede aprobar ningún nuevo gasto con cargo a los fondos de la Nación sin que se indiquen, al mismo tiempo, las fuentes de recursos necesarios para atender dicho gasto.

 

Si la fuente de recursos otorgada por el Congreso fuera insuficiente para financiar cualquier nuevo gasto que se apruebe, el Presidente de la República, al promulgar la ley, previo informe favorable del servicio o institución a través del cual se recaude el nuevo ingreso, refrendado por la Contraloría General de la República, deberá reducir proporcionalmente todos los gastos, cualquiera que sea su naturaleza.

 

¿QUÉ SUCEDE SI EL PARLAMENTO NO APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS DENTRO DEL PLAZO CONSTITUCIONAL?

  

En caso que el Congreso Nacional no despache el proyecto de ley de Presupuestos, la Constitución establece que el Presidente de la República promulgue como ley de presupuestos para el próximo año el proyecto original enviado por el Ejecutivo al Congreso, el que rige a partir del 1 de enero. Es decir, se excluyen todas las indicaciones y modificaciones surgidas durante la tramitación del Proyecto en el Parlamento.

 

¿EN QUÉ CONSISTE LA REGLA DEL BALANCE ESTRUCTURAL?

 

Uno de los temas que rondará la discusión presupuestaria 2019 es el relativo al cumplimiento de la regla fiscal (compromiso para ahorrar recursos públicos). Esta regla se adoptó en el gobierno del Presidente Ricardo Lagos y consiste en imponer a la formulación y ejecución presupuestaria la obligación de fijar el nivel de gastos totales de modo que el Balance Estructural del sector público sea equivalente a un mismo porcentaje del PIB en todos los años, que fue inicialmente de 1% del PIB.

 

El Balance Estructural es básicamente un indicador que resulta de estimar el balance presupuestario del gobierno central que se obtendría en un año particular si el precio del cobre estuviera en su nivel de mediano plazo y la actividad económica (medida a través del PIB) estuviera en su nivel de tendencia.

 

Esto significa que, cumpliendo esta regla, el balance efectivo será menor a 0% del PIB cuando las condiciones cíclicas sean desfavorables y superior a 0% del PIB cuando las condiciones cíclicas sean favorables al presupuesto fiscal.

 

 

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