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  Traspasarán a Fonasa tramitación de licencias médicas

  Así lo plantea el proyecto, en segundo trámite, que entre otras medidas dispone que las licencias deberán pagarse a más tardar en 15 días hábiles.

25 de octubre de 2011

Traspasar al Fondo Nacional de Salud (FONASA) algunas de las actuales competencias de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) en materia de tramitación y resolución de las licencias médicas, es el objetivo central de un proyecto que llegó a cumplir su segundo trámite en el Senado.

 

La iniciativa, que fue derivada a la Comisión de Salud para su estudio, contempla una serie de modificaciones a la normativa actual y entre las disposiciones que se incorporaron durante su trámite en la Cámara de Diputados, destaca una que establece que el pago de las licencias médicas deberá hacerse en un plazo máximo de 15 días.

 

 

En lo fundamental, el proyecto busca transferir a FONASA las funciones que ejercen las COMPIN respecto de las licencias médicas por enfermedad común, reposos maternales y enfermedad del niño menor de un año, junto al pago de los subsidios que dichas entidades efectúan.

 

En la actualidad las COMPIN constituyen, en el caso del sector público, la primera instancia de reclamación frente a un rechazo o reducción de las licencias médicas, a diferencia de los cotizantes de las Isapres, para los cuales la primera instancia de reclamación es la propia entidad aseguradora, pudiendo reclamar luego ante las COMPIN.

 

Por ello, la iniciativa busca traspasar a FONASA la tramitación de las licencias médicas y el pago de los subsidios por incapacidad laboral, a objeto de reducir el tiempo de pago de licencias y aliviar la labor al COMPIN, para que pueda ejercer en forma correcta la función de ser la instancia de apelación ante el rechazo o reducción de una licencia médica tanto en el sector público como privado de salud.

 

El proyecto establece que la aplicación de esta ley se realizará en etapas, siendo las primeras las regiones Metropolitana y Sexta; luego las regiones Séptima a Décimo Segunda, y la Décimo Cuarta; y finalmente desde las regiones Primera a Quinta y Región Décimo Quinta.

 

 

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