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Sesión 8ª, Ordinaria, en martes 09 de abril de 2019

Se realizó de 16:25 a 19:34 horas con la asistencia de 38 senadores. Presidieron la Sesión los senadores Jaime Quintana, presidente y Alfonso De Urresti, vicepresidente. Actuó de Secretaria General (S) Ximena Belmar

11 de abril de 2019

SOMETE A ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL A PROYECTOS QUE PUEDAN GENERAR CONTAMINACIÓN LUMÍNICA

 

Por unanimidad se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.300, que aprueba ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para exigir la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental en los proyectos que puedan generar contaminación lumínica en las zonas que indica. (Boletín N° 11.912-12)

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto proteger el potencial de desarrollo de los cielos del país, tanto para la investigación científica como para el desarrollo turístico, en especial la calidad astronómica de los cielos de las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, los que constituyen un valioso patrimonio ambiental y cultural, reconocido a nivel internacional como el mejor existente en el hemisferio sur para desarrollar la investigación astronómica.

 

Imagen foto_00000006Proyecto de ley:

- Incorpora, en la legislación sobre Protección del Medio Ambiente, la luminosidad artificial, como un elemento contaminante.

- Establece que los proyectos o actividades que se pretendan desarrollar en áreas con valor científico, de investigación y/o turístico para la observación astronómica, y que puedan generar consecuencias en la luminosidad del lugar, requerirán de la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental.

 

Intervinieron los senadores Rafael Phroens, Pedro Araya, Isabel allende, David Sandoval, Francisco Chahuán, Ximena Ordenes, José Miguel Insulza, Yasna Provoste, Guido Girardi, Alejandro Guillier, Ximena Rincón, Adriana Muñoz, Kenneth Pug, Alfonso De Urresti,

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión para segundo informe, estableciéndose plazo para presentar indicaciones hasta el 15 de abril próximo.

 

DISPONE LOS MEDIOS Y RECURSOS PARA LLEVAR A CABO LA COP 25 EN CHILE

 

Quedó pendiente la discusión en general del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece el financiamiento, regula la ejecución y dicta otras normas para la implementación de la Conferencia Internacional para el Cambio Climático, denominada Cop 25. (Boletín Nº 12.485-05) con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

 

El proyecto de ley, iniciado en mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto tomar parte en el desafío global de cambio climático que afecta de manera transversal a los países y altera significativamente la atmosfera con gases de efecto invernadero ocasionados por la actividad humana, disponiendo  de todas las condiciones necesarias para que Chile asuma la presidencia y sea sede de la próxima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático, denominada COP 25, a realizarse entre los días 2 y 13 de diciembre de 2019

 

Contenido del proyecto de ley

 Imagen foto_00000005

- Autoriza a la Fundación Imagen de Chile, en adelante “la Fundación”, a llevar a cabo la organización y ejecución de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, en adelante “COP 25”, a realizarse en Chile, y de las actividades preparatorias que sean necesarias para su materialización.

-Permite a la “Fundación” recibir las transferencias que autorice la Ley de Presupuestos del Sector Público, donaciones de privados y aportes provenientes de otros países u organismos internacionales.

-Las donaciones o aportes que impliquen gasto fiscal requerirán de la autorización previa de la Dirección de Presupuestos para su aceptación. La Fundación no podrá adquirir bienes inmuebles con cargo a dichos recursos.

-Faculta a la entidad a celebrar actos y contratos que impliquen obligaciones hasta por un monto total de USD$90.000.000.- (noventa millones de dólares de Estados Unidos de Norteamérica) o su equivalente en pesos chilenos, constituyendo esta cantidad un límite máximo de gasto.

-Dispone que cualquier institución, entidad o persona que efectúe donaciones en dinero, bienes y/o servicios a la Fundación, podrá rebajar dichas donaciones como gasto conforme a lo dispuesto en la Ley sobre Impuesto a la Renta, siempre que dicha donación se  relacionada con la organización y ejecución de la Conferencia de las Partes de la “COP 25.

- Los contribuyentes que rebajen gastos efectivos para la determinación de la renta líquida imponible, que conforme a las disposiciones de la Ley sobre Impuesto a la Renta no tengan la obligación de llevar el mencionado registro, podrán rebajar como gasto el valor de adquisición del bien donado debidamente reajustado, conforme al porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor entre el mes que antecede al de su adquisición y el mes anterior al de su rebaja de la renta afecta a impuestos.

Imagen foto_00000004-Autoriza incrementar en la ley de presupuestos del año 2019, la suma del valor neto de los montos destinados a Transferencias Corrientes, por un monto máximo de $ 22.750.000 miles para financiar el aporte que efectuará el Estado de Chile a la Fundación, así como las transferencias que deban ser efectuadas a otros ministerios para la realización de la COP 25.

 

Intervinieron los senadores Ricardo Lagos, José García, Kenneth Pugh, Jorge Pizarro, Juan Antonio Coloma, Juan Ignacio Latorre, David Sandoval, Isabel Allende, José Miguel Insulza, Ximena Rincón, José Miguel Durana, Álvaro Elizalde, Ricardo Lagos, Francisco Chahuán, Guido Girardi y la Ministra de Medio Ambiente Carolina Schmidt.

 

En consecuencia, procede continuar la discusión del proyecto de ley, en la próxima sesión que celebre el Senado.

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