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  Alertan sobre los riesgos del estrés laboral en las empresas

  El senador Pedro Muñoz señaló que la problemática tendría grave incidencia en accidentabilidad, ausentismo y baja productividad, por lo que propone legislar para mejorar la pesquisa y actuar sobre sus causas.

12 de diciembre de 2011

El integrante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, senador Pedro Muñoz, alertó por la falta de una política nacional para abordar el estrés en el mundo laboral, argumentando que "las investigaciones han comprobado que cuando las demandas del ambiente laboral exceden la capacidad adaptativa de los individuos, se generan cambios psicológicos y biológicos que son un riesgo y fuente de probables enfermedades y accidentabilidad".

 

El parlamentario sostuvo que se trata de una materia que los expertos han analizado sólo desde hace algunas décadas y respecto de lo cual existe aún insuficiente información. Sin embargo, con los datos que han ido surgiendo, se ha constatado que el estrés laboral se sitúa, en la actualidad, como uno de los principales trastornos que afectan a las organizaciones laborales, con enormes costos económicos, por conceptos de demandas, ausentismo, pérdida de productividad y salud mental.

 

A modo de ejemplo, dijo que en Europa la Dirección General de Empleo y Asuntos Sociales de la Comisión Europea, estimó en el año 2000, que los problemas relacionados, directa e indirectamente, con el estrés laboral afectaban, al menos, a 40 millones de trabajadores de la Unión Europea, un 28% del total.

 

En los Estados Unidos, por su parte, a principios de los ¿90, más de la mitad de las camas de los hospitales se destinaban a personas con padecimientos producto del estrés. La Oficina de Estadísticas Laborales de ese país ha señalado que de los 550 millones de días de trabajo perdidos en ausencias por enfermedad, el 54% se relacionaban de alguna manera con el estrés.

 

Respecto de las causas, el senador Muñoz señaló que éstas son muy variadas y precisó que el Acuerdo Marco Europeo sobre Estrés Laboral de 2004, estableció como los principales factores que contribuyen al estrés laboral la organización del trabajo y los procesos laborales; el entorno y las condiciones de trabajo; la comunicación y diversos factores subjetivos.

 

Precisó que la organización en el trabajo, se relaciona con estructuras excesivamente jerárquicas, sujetas por tanto a relaciones de dependencia y subordinación muy marcadas. El entorno, se refiere a condiciones sanitarias y de seguridad inadecuadas en el ambiente en que se desarrollan las labores, mientras por las condiciones de trabajo, se alude a aspectos tales como la inestabilidad en el empleo, bajo nivel de remuneraciones y deficiencias en la forma en que se desarrollan las actividades (extensión de jornadas, horarios, descansos, etc.)

 

En tal sentido, insistió que en nuestro país el estrés laboral ha sido muy incipientemente estudiado y con escaso esfuerzo sistémico, existiendo, sin embargo, algunos estudios que revelan plena concordancia con los análisis internacionales. Por lo anterior, señaló la necesidad de preocuparse más activamente sobre esta problemática.

 

"Se requiere un análisis más complejo y sistemático, a nivel país, respecto del estrés laboral y su incidencia en la accidentabilidad ausentismo y productividad laboral" , advirtió.

 

La Superintendencia de Seguridad Social ha comenzado a aplicar, desde el 2009, la encuesta SUSESO-ISTAS 21, con el objeto de determinar la incidencia del estrés laboral, pero, a juicio del senador es indispensable complementarla y abordar el problema como una enfermedad profesional y una causa relevante de accidentabilidad laboral.

 

Indicó que, por ello, el año 2008 presentó a tramitación un proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo para obligar a las administradoras del seguro de enfermedades profesionales y accidentes del trabajo (mutuales) a informar a sus empresas afiliadas sobre las características, riesgos y consecuencias del estrés laboral, al tiempo que se propone incorporar la detección del estrés laboral como una función específica de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad en la ley 16.744.

 

"Lo anterior apunta esencialmente a visibilizar el estrés laboral como factor de riesgo, detectar sus principales causas en materia de organización y condiciones de trabajo y su entorno y actuar sobre ellas  para disminuir su prevalencia y consecuencias", concluyó.

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