Click acá para ir directamente al contenido

  Quieren limitar los descuentos de créditos sociales de afiliados a Cajas de Compensación

  Así lo dispone la moción de los senadores Carlos Bianchi, Antonio Horvath y Baldo Prokurica, que fue remitida a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio.

3 de junio de 2011

Limitar hasta un 30% el monto de los créditos sociales que las entidades pagadoras de pensiones deban descontar de las remuneraciones de los afiliados a una Caja de Compensación, es el fin a que apunta la moción presentada por los senadores Carlos Bianchi, Antonio Horvath y Baldo Prokurica.

La iniciativa, que modifica la Ley 19.539 sobre reajustes extraordinarios a pensionados, fue enviada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su análisis.

Según los autores del proyecto "los descuentos de las entidades pagadoras de pensiones serán por conceptos de aportes, de crédito social, prestaciones adicionales o complementarias" que adeudan los afiliados a sus Cajas de Compensaciones.

En ese sentido "regirán las mismas normas de pago y de cobro de las cotizaciones previsionales contempladas en la ley N 17.322 sobre cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de Seguridad Social".

El texto legal expresa que  "en ningún caso los descuentos en las remuneraciones de los pensionados por los conceptos señalados podrán ser superiores a un 30 por ciento del total de la pensión del mes respectivo".

Asimismo, indica que "en el caso de las indemnizaciones que le puedan corresponder a un trabajador afiliado a dicha deducción, no puede llegar a más de un 50 % del total de la compensación respectiva".

ARGUMENTOS

Los autores de la moción denunciaron que "pese a que las Cajas poseen una mayor seguridad de pago de las obligaciones de sus afiliados el tipo de interés que cobran es el mismo que rige de manera general a las entidades financieras que operan en el mercado nacional del crédito, y no existen restricciones o limitaciones especiales al respecto".

Agregaron que "por expresa disposición legal, las cuotas de los créditos son descontados de las pensiones de sus deudores, asegurando -en mayor medida- un oportuno pago, y reduciendo, con ello, la tasa de morosidad derivada de estos créditos".

Sobre este último punto, los parlamentarios expresaron su preocupación por los adultos mayores "quienes se ven afectados cuando son deudores de los créditos sociales de las cajas de compensación y que se les deducen, por mandato legal, generalmente gran parte de su remuneración o pensión".

Imprimir