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Comisión de vivienda respaldó proyecto sobre certificación de ascensores

Ahora será la Sala del Senado la que deberá pronunciarse sobre la moción que busca evitar los abusos por parte de las empresas que instalan, mantienen y certifican ascensores.

14 de agosto de 2019

La Comisión de Vivienda y Urbanismo despachó a Sala, en general y en particular el proyecto de ley, de artículo único, que modifica la ley N° 20.296, en lo relativo a las acciones para perseguir las infracciones a las normas que regulan la instalación, mantención y funcionamiento de los ascensores.

 

La moción busca evitar los abusos por parte de las empresas que instalan, mantienen y certifican ascensores montacargas, escaleras mecánicas y otros, prohibiendo entre otras cosas, las ventas atadas y la prórroga de la competencia en los contratos que firmen con los propietarios

 

Imagen foto_00000003El texto, que se encuentra en su segundo trámite legislativo, avanza en establecer la obligación legal de los Juzgados de Policía Local de informar a la Dirección del Registro, las sentencias a través de las cuales se apliquen sanciones a los proveedores inscritos en el Registro.

 

Respecto de las infracciones asociadas a incumplimientos a la Ley N° 20.296 que tengan como resultado lesiones o muerte, debido al hecho que éstas materias no son de competencia de los Juzgados de Policía Local, sino de los Juzgados de Garantía o Tribunales de Juicio Oral en lo Penal,  se estima que estos últimos deberían, resolver sobre eventuales sanciones en el Registro.

 

CONTEXTO

           

En los antecedentes de la propuesta legal, se consiga que la proliferación de la construcción en altura ha traído consigo un enorme incremento en la demanda de servicios para la edificación y montaje de una serie de artefactos necesarios para la convivencia segura, eficaz y cómoda en los edificios, entre los que destaca la importancia que tiene la instalación cada vez más frecuente de ascensores, montacargas y escaleras mecánicas, y otros instrumentos que permiten que las construcciones en altura puedan y deban servir para su propósito.

 

Por ello, se agrega, no resulta extraño señalar que artefactos como los ascensores deben no sólo ser un medio eficaz para las personas que viven en edificios, sino que también deben ser objeto de una exhaustiva regulación que ponga en el centro la vida y seguridad de los habitantes de una edificación. Los sistemas de ascensores y las empresas que los fabrican, instalan y mantienen, deben funcionar con altos estándares de calidad de los materiales que ocupan, diseño, seguridad y duración; así como los sistemas de softwares importantes para el correcto y preciso funcionamiento de dichos sistemas de elevación y de carga, lo cual hace que esa conjunción de medios deba tener una normativa que los haga eficaces y duraderos.

 

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