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  Perfeccionarán proyecto que facilita las demandas colectivas por daños en construcciones

  Durante el estudio del articulado de la iniciativa se despejarán las dudas surgidas en torno a la posibilidad de establecer este mecanismo de reclamo en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

20 de abril de 2010

Por unanimidad, el Senado aprobó legislar sobre el proyecto, originado en una moción de la senadora Soledad Alvear y que apunta a facilitar los procedimientos para que las personas puedan organizarse y demandar colectivamente a las empresas responsables de los daños sufridos por sus viviendas producto del terremoto.

La iniciativa quedó con plazo para realizar indicaciones hasta el próximo 3 de mayo, con el fin de recoger todas las inquietudes surgidas en torno a la conveniencia de generar este nuevo mecanismo en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Durante el debate intervinieron los senadores Juan Pablo Letelier , Francisco Chahuán, Soledad Alvear, Víctor Pérez Varela, Hosaín Sabag, Lily Pérez, Isabel Allende, Eugenio Tuma, Alejandro Navarro, Jovino Novoa y Jaime Quintana.

El senador Juan Pablo Letelier, en su calidad de presidente de la Comisión de Vivienda informó que la instancia acordó dar una señal clara de preocupación por las cientos de familias de clase media cuyas viviendas han quedado inhabilitadas y se encuentran en una situación crítica porque quienes tienen seguros se dan cuenta que solo cubren las deudas hipotecarias.

"La actual legislación es insuficiente para abordar la situación producida a raíz del terremoto, por ejemplo, la Ley del Consumidor es explícita en señalar que no se contempla el daño moral en este tipo de demandas", dijo y añadió que esta iniciativa apunta a defender los intereses de los consumidores facilitando las demandas colectivas.

A su turno, el senador Francisco Chahuán, coincidió en que "este proyecto permitirá perseguir en forma ágil y expedita las responsabilidades del primer vendedor en las fallas de las viviendas". Indicó que el procedimiento es el mismo que se contempla en la Ley del Consumidor, pero expresó sus dudas por lo que ocurrirá con las acciones legales ya iniciadas por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).

Por su parte, la senadora Soledad Alvear aseguró que "una de las demandas más sentidas de las personas que viven en villas y edificios dañados por el terremoto es la posibilidad de presentar demandas colectivas porque ellos no están en condiciones de contratar, en forma particular abogados". Asimismo destacó que este proyecto permitirá ahorrar la cantidad de procesos que lleven los tribunales y defendió la necesidad de legislar en forma específica para velar por los consumidores.

El senador Víctor Pérez, aseveró que "existe el mayor sentido de urgencia para resolver la situación de miles de damnificados de clase media pero eso no significa desconocer que el proyecto tiene falencias. Lo primero es despejar si las normas sobre calidad de la vivienda han operado bien porque es el primer vendedor el que debe responder de todos los daños".

En tanto, el senador Hosaín Sabag, se mostró partidario de analizar a la brevedad esta iniciativa y "presentar las indicaciones correspondientes de modo de otorgar claras herramientas a las miles de personas que no saben cómo actuar ante estos casos de adversidad y dolor".

La senadora Lily Pérez afirmó que existe "un terremoto invisible que afecta a la clase media y este proyecto es una señal hacia esos sectores medios que perdieron sus viviendas y no tienen respaldo alguno para recuperarse". Aclaró que durante el debate en particular se despejará si es o no redundante el procedimiento que se propone pero "queremos que exista un mecanismo en la Ley de Urbanismo y Construcciones que nos permita precaver el conflicto de competencia frente a estas materias".

A su vez, la senadora Isabel Allende planteó la necesidad de que la iniciativa presentada por la senadora Soledad Alvear se remita a la modificación de la Ley General de Urbanismo y Construcción y no a la Ley sobre derechos del consumidor, anunciado que presentará una indicación para enriquecer la propuesta. Recordó que el 7 de abril ingresó al Congreso un proyecto de ley que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y que  busca que las empresas constructoras e inmobiliarias se hagan responsables de actuar con rapidez y sin subterfugios en el caso de la ocurrencia de un sismo, evitando la calificación de estos eventos como casos fortuitos o de fuerza mayor

A su turno, el senador Eugenio Tuma estimó que "la Ley del Consumidor no recoge los instrumentos necesarios para una protección integral de los consumidores, porque existen numerosas leyes especiales donde esta legislación no tiene cobertura". Recalcó además la necesidad de legislar para establecer seguros obligatorios para viviendas de menos de 2 mil UF, de modo otorgar cobertura para familias más vulnerables ante daños por sismo.

Por su lado, el senador Alejandro Navarro precisó que "las inmobiliarias tienen una situación privilegiada frente a los consumidores y hoy estamos viendo a la clase media que tiene sus viviendas destruidas y los seguros solo cubren las deudas de los bancos". Advirtió además que "las inmobiliarias están elaborando estrategias jurídicas para eludir sus responsabilidades y quedar en la impunidad".

El senador Jovino Novoa aseguró que "al no existir procedimientos jurídicos claros, la mayor ventaja la tienen quienes poseen los medios para contratar abogados que acudan a subterfugios y mecanismos dilatorios para eludir sus responsabilidades". Por ello, pidió analizar el proyecto bajo la perspectiva de los problemas que puedan existir en la aplicación de la actual legislación y solicitó que la iniciativa fuera vista por la Comisión de Economía. Sin embargo, esta última solicitud no prosperó.

Finalmente, el senador Jaime Quintana coincidió con su par, ya que existen herramientas hoy día para posibilitar acciones contra las inmobiliarias, sin embargo, aclaro que "no podemos desconocer que esta moción innova en materia de reconocer el daño moral de los consumidores y de las familias que hoy viven a la intemperie y se facilita la demanda colectiva".

En lo fundamental, la iniciativa hace aplicable el procedimiento especial para la protección de intereses colectivos o difusos,  dispuesto en la ley N° 19.496, -que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores-, a los juicios por daños o perjuicios en la calidad de las construcciones, cuando el inmueble perjudicado sea parte de una copropiedad inmobiliaria, o cuando forme parte de un proyecto inmobiliario bajo el mismo propietario primer vendedor.

Se trata de que el número de consumidores afectados bajo un mismo interés no sea inferior a 10 personas; y que las indemnizaciones podrán extenderse al daño moral.

Cabe señalar que si bien la ley permite perseguir judicialmente a los responsables, no contempla un procedimiento para hacer valer estos derechos de modo colectivo, como sí existe en la ley que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores.

Adicionalmente, la aplicación de este procedimiento de demandas colectivas posibilitará aplicar el principio, donde las sentencias o conciliaciones podrán ser aplicables a todos los que se encuentren en las mismas condiciones.

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