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Probidad y Transparencia: tenemos que seguir avanzando

Por Víctor Pérez, senador por la Región del Bíobío

30 de octubre de 2015

Imagen foto_00000017Hace pocos días aprobamos en el Senado el proyecto de reforma constitucional que establece la cesación en los cargos de parlamentarios, alcaldes, consejeros regionales y concejales por infracción a las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral. Nos alegramos por la aprobación de esta iniciativa que forma parte de la agenda de probidad y transparencia, pero sin duda tenemos que seguir avanzando y trabajando para que verdaderamente se haga realidad.

 

Con esta iniciativa quienes sean sancionados por haber infringido gravemente las normas sobre transparencia y límites y control del gasto electoral, van a quedar imposibilitados de trabajar en el sector público por tres años y tampoco podrán ser candidatos a cargos de elección popular en los dos actos electorales inmediatamente siguientes a su cesación.

 

No obstante, creo que no fue bueno, dejar fuera de esta reforma a la máxima autoridad de un país. Cuando se habla de la acusación constitucional contra el Presidente de la República, no debemos desconocer que ella procede por actos de su administración, por actos de su gobierno. Y aquí se trata de acciones o ilícitos cometidos antes de que la persona asuma su cargo, en el ejercicio de su condición de candidato, y que han significado transgredir las normas sobre financiamiento, transparencia y límites del gasto electoral.

 

Por lo tanto, estamos frente a una figura nueva y distinta, y no veo razón para que la persona que ocupa el cargo más importante no sea objeto de un procedimiento judicial si comete una infracción grave en esta materia.

 

Creo que a un Presidente de la República que haya cometido este tipo de transgresión le va a convenir más ser sometido a un tribunal que ser objeto de un juicio político. Para la democracia, incluso, es mucho mejor que la situación sea dilucidada bajo normas claras y objetivas.  Pienso que no resolveremos adecuadamente el problema si dejamos fuera al Primer Mandatario.

 

No hicimos mayor cuestión de esta situación durante la discusión de este proyecto ya que el Ministro Secretario General de la Presidencia se comprometió a estudiar una reforma constitucional para establecer en la Constitución un mecanismo distinto para el Presidente de la República.  Creo que eso significaría un paso adelante. Pero, sin duda, si un senador comete una infracción grave a las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral y puede ser sancionado por el TRICEL, no veo por qué un candidato a la Presidencia de la República que haya cometido las mismas faltas o infracciones graves no vaya a recibir una sanción.

 

Se sostiene que el Presidente de la República debe ser acusado y destituido por el Congreso, pero resulta que, si comete un delito penal común, tiene que ser condenado por un tribunal. Por lo tanto, aquel no es un buen argumento.

 

Sin duda, hubo una decisión política para no incorporar el cargo de Presidente de la República. Y creo que eso, más allá de una discusión técnico-jurídica, deja una insuficiencia que nos hubiera gustado resolver.

 

Quiero hacer notar que hay una disposición fundamental, referida al análisis del Consejo Directivo del Servicio Electoral. La autonomía del SERVEL quedará puesta a prueba, pero también su estructura para poder detectar infracciones graves, lo cual será fundamental.

 

Tenemos una visión distinta del Ejecutivo acerca de la fortaleza que este desea dar al organismo, porque, sin duda, para detectar infracciones graves se requieren fiscalizadores capaces, competentes, imparciales, y en eso  no estamos avanzando en la línea correcta.

 

La normativa que aprobamos con especial entusiasmo y que permitirá que un diputado o un senador sea cesado en su cargo si se detecta que ha cometido una infracción grave, será letra muerta si no contamos con un organismo fiscalizador autónomo y robusto, que le demuestre fehacientemente al tribunal que una autoridad, durante su candidatura, trasgredió disposiciones concretas y específicas de la ley sobre financiamiento electoral.

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