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A la Cámara Baja proyecto que establece una jornada laboral para el personal de ferrocarriles

La Sala visó el texto legal e introdujo además una indicación que permitirá a la vez abrir un espacio de excepcionalidad debidamente fundado y autorizado por la autoridad correspondiente.

2 de julio de 2014

La Cámara de Diputados será la encargada de analizar, en su tercer trámite, el proyecto que agrega un nuevo artículo 25 ter al Código del Trabajo, estableciendo la jornada laboral para el personal de ferrocarriles, tanto de carga como de pasajeros.

 

Ello, luego que la Sala del Senado aprobara en general el texto legal en forma unánime. Mientras que, en votación dividida de 7 votos contra 6 se aprobó una indicación renovada que apunta a abrir un espacio de excepcionalidad fundado y autorizado por la autoridad correspondiente.

 

Imagen foto_00000016Cabe señalar que el texto legal apunta a regular la jornada de trabajo de los trabajadores ferroviarios atendiendo a las características de la labor que desempeñan, limitando la jornada diaria en el caso de transportes de pasajeros a 7 horas 30 minutos y respecto del transporte de carga a 9 horas. El maquinista de tren de pasajeros no podrá conducir más de 5 horas continuas y tendrá una hora de descanso.

 

En tanto, la indicación impulsada por los senadores Hernán Larraín, Alejandro Guillier y Andrés Allamand establece que las reglas establecidas en los numerales 2 y 5 de este artículo podrán ser modificadas por acuerdo de las partes, con autorización de la Dirección del Trabajo, en conformidad a las facultades que le otorgan los incisos penúltimo y final del artículo 38 de este Código, o bien como parte de las materias a negociar colectivamente.

 

Durante el debate intervinieron los senadores Adriana Muñoz, Hernán Larraín, Carolina Goic y Alejandro Guillier. Además de la ministra de Trabajo, Javiera Blanco.

 

La senadora Muñoz en su calidad de presidenta de la Comisión de Trabajo dio conocer que la instancia aprobó en general y en particular el texto legal, en los mismos términos que lo hizo la Cámara de Diputados. Asimismo hizo presente su posición contraria a la indicación que abre un espacio de excepcionalidad, ya que “nunca se hizo presente esta situación por parte de ningún sindicato o sector en la Comisión”. Advirtió que “se puede abrir una señal confusa” y aclaró que “además existe una disposición específica en el Código del Trabajo al respecto”.

 

A su turno, la senadora Goic respaldó el trabajo realizado y puntualizó que se trata de “atender a la particular labor que realizan estos trabajadores ferroviarios con el transporte de carga y pasajeros”, no obstante, aclaró que nos parece que está resguardado en el Código del Trabajo, en el artículo 38, la posibilidad de pactar jornadas distintas de trabajo”.

 

A su vez, el senador Guillier dejó constancia de su compromiso con los trabajadores de los sindicatos de ferrocarriles Antofagasta- Bolivia y teniendo presente que Ferronor trabaja en proyecto de integración con Argentina, que “ellos me solicitaron que esta indicación debe asegurar que el tratamiento de las jornadas tengan la posibilidad de excepción porque su situación es distinta”.

 

Imagen foto_00000017En la misma línea, el senador Larraín, manifestó que “no hay diferencias en la norma especial con la que se establece una jornada laboral especial para los trabajadores ferroviarios”, sin embargo, el punto es que la indicación responde a “una petición de flexibilidad que surge de los mismos trabajadores ferroviarios”, debido a que la modificación es restrictiva y podría inhibir la aplicación del artículo 38 del Código del Trabajo.

 

La ministra Javiera Blanco aseveró que “este proyecto nos permite avanzar en un estatuto que hasta ahora era insuficiente, por cierto, que hay que reconocer especificidades de los distintos sectores pero no puede ir en desmedro de las condiciones generales labores de previsión y salud. No nos parece de jornadas de 16 horas hablen de la dignidad del trabajo en el país que vivimos”.

 

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