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A ley nuevo sistema de transmisión eléctrica

Los senadores aprobaron el texto consensuado por la Comisión Mixta. Éste previamente había sido respaldado por la Cámara Baja. La normativa –entre otros aspectos- establece mecanismos de planificación y definición de polos de desarrollo.

6 de julio de 2016

Imagen foto_00000014Con 30 votos a favor, la Sala respaldó el informe de la Comisión Mixta que buscó zanjar las discrepancias entre los legisladores respecto al proyecto que establece nuevos sistemas de transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador independiente.

 

Durante el debate hicieron uso de la palabra los congresistas Isabel Allende, Alejandro García Huidobro, Jorge Pizarro, Antonio Horvath, Alejandro Guillier, Guido Girardi, Alejandro Navarro y Juan Antonio Coloma. Asimismo, los legisladores Felipe Harboe y Baldo Prokurica dejaron constancia de la inhabilitación de su voto.

 

Al término y final de la discusión, intervino el Ministro de Energía, Máximo Pacheco.

 

PROYECTO

 

Imagen foto_00000016El proyecto de ley, iniciado en mensaje, tiene por objeto conformar un nuevo sistema interconectado nacional de energía, creando un único ente coordinador, más fuerte e independiente que mejore y simplifique los sistemas de transmisión eléctrica, los estándares de seguridad y calidad, los costos del servicio a los usuarios propiciando el desarrollo de un mercado competitivo y un menor importe en los suministros.

 

Contenido:

 

- Fortalece y perfecciona las actuales funciones de coordinación del sistema eléctrico actual, ampliando la condición de Coordinados a los propietarios de instalaciones de servicios complementarios. Ello, a objeto que puedan participar nuevos actores y no solo los generadores, transmisores y clientes libres.

 

- Perfecciona la regulación de los servicios complementarios, entregándole al Coordinador la función de elaborar un informe técnico, previo a la definición de los servicios complementarios por parte de la Comisión Nacional de Energía.

 

- Se instauran reglas para la creación y desarrollo del mercado de servicios complementarios a través de licitaciones y subastas, estableciendo como excepción el mecanismo de prestación directa de un servicio complementario, el que solo procederá cuando las condiciones de mercado no sean competitivas o cuando las licitaciones o subastas sean declaradas desiertas.

 

- Se recoge el estándar y práctica internacional para la elaboración de la normativa técnica de detalle para el funcionamiento del sistema eléctrico, mediante un proceso público, participativo y profesional especializado a cargo de la Comisión Nacional de Energía.

 

- Crea el Decreto de Emergencia Energética, para casos de sismos o catástrofes naturales, el que será dictado por el Presidente de la República, previo informe del Ministerio de Energía, en el cual se dispondrán las medidas que la autoridad estime conducentes y necesarias para manejar, disminuir o superar la respectiva emergencia energética, principalmente para asegurar el suministro de clientes sujetos a regulación de precios.

 

- Incorpora el Sistema de Interconexión Internacional, el que estará constituido por las líneas y subestaciones eléctricas destinadas a transportar la energía para efectos de posibilitar su exportación o importación, desde y hacia los sistemas eléctricos ubicados en el territorio nacional, distinguiendo entre las instalaciones de interconexión internacional de servicio público e instalaciones de interés privado. Las primeras quedan sometidas a un régimen de acceso abierto y a las exigencias propias de un servicio público.

 

- Se establecen mecanismos de planificación y definición de polos de desarrollo de generación eléctrica que permitan operar con sustentabilidad y accesibilidad a todos los actores. Estos polos de desarrollo sólo podrán disponerse en las regiones donde se emplaza el sistema eléctrico nacional interconectado.

 

- Favorece el desarrollo de un mercado de generación más competitivo, que permita bajar los precios de energía al cliente final, libre y regulado.

 

- Incorpora al Estado como garante del bien común en la definición de los trazados y emplazamiento de los nuevos sistemas de transmisión, especialmente en aquellos de servicio público, incluyendo aspectos ambientales, territoriales, ciudadanos, técnicos y económicos; considerando un esquema de participación ciudadana en la determinación del uso del territorio en el emplazamiento de redes de transmisión; y creando un esquema de información pública del uso del territorio para el emplazamiento de redes de transmisión.

 

- Las obras nuevas de los sistemas de transmisión para polos de desarrollo deberán  supeditarse al estudio de franja y a evaluación ambiental estratégica, los que deberán someterse al proceso de Consulta o Participación Indígena contemplado en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, cuando el convenio así lo determine.

 

- Para el adecuado desarrollo del estudio preliminar de franja, permite al Ministerio ingresar a todas las propiedades fiscales, municipales y particulares en que sea necesario, debiendo comunicar a los dueños la realización del estudio y las características de las intervenciones que se realizarán para la obtención de la autorización de los respectivos propietarios, permitiéndosele incluso solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando no sea posible el ingreso a la propiedad.

 

DEBATE

 

ALLENDE

“Habían 6 puntos de divergencia y se llegó a acuerdo en cada uno de ellos en la Comisión Mixta que presidí. Algunos temas fueron el porcentaje mínimo de ERNC en polos de desarrollo, y el informe técnico del Ministerio de Energía para identificar zonas que den lugar a estos polos. Respecto a esto último, se acordó realizar una evaluación ambiental estratégica en cada provincia con anticipación de dicho reporte”.

 

GARCÍA HUIDOBRO

“Fueron pocos los aspectos en los que no llegamos a acuerdo con la Cámara Baja. El mayor problema hoy es no tener planificación territorial, lo que termina afectando a los pequeños y medianos productores eléctricos. Respecto a los polos de desarrollo, quiero destacar que los va a definir el ministerio, minimizando los impactos territoriales. En esto no se fijaron porcentajes de ERNC que tienden a limitar la potencia”.

 

PIZARRO

“En relación a la envergadura de la norma, me parece que fueron pocas las diferencias. Creo que hay que insistir en la importancia de esta ley. La señal que entrega el Congreso, en términos de establecer condiciones para que se desarrolle un sistema de transmisión eléctrica, es potente. Hace años tenemos problemas con la energía, lo que no nos hace competitivos, por ejemplo en la minería. Por eso estos cambios son una buena noticia”.

 

HORVATH

“Quiero destacar que ahora no serán las empresas las que tomarán las decisiones, sino que lo hará el Ministerio de Energía. En cuanto al ajuste de la franja, quiero valorar que se respeten proyectos alternativos. También quiero mencionar los efectos que tendrá esto en la sequía, particularmente en los pequeños riachuelos que pueden propender a desarrollar proyectos de energía alternativos”.

 

GUILLIER

“Necesitamos establecer una línea de transmisión de uso público, y eso es lo que hace esta norma. Acá se resuelven temas como el ordenamiento territorial por provincia en vez de región, la aplicación de consultas indígenas y la evaluación de impacto ambiental. Los acuerdos alcanzados han permitido equilibrar el territorio, relevar la Conaf en este tema y dejar el uso de la fuerza como último recurso”.

 

GIRARDI

“Esta es una gran carretera que requiere de políticas complementarias. Chile es el centro mundial de la energía solar. Acá se requiere la decisión política de apoyar los proyectos necesarios que impulsa el ministro, dejando atrás la actual lógica empresarial. Es bueno aterrizar esto, a corto plazo los vehículos serán eléctricos. Creo que esta ley servirá para ello”.

 

NAVARRO

“No tiene sentido generar energía si no se puede transmitir. Nos alegra este paso. También la conexión del SING con el SIC contribuirá a esta política. Respecto a los pueblos originarios, el acuerdo es que haya consulta o participación. Tengo temor de que haya solo participación y no consulta. Creo que los afectados deben tener el derecho de defender sus terrenos. Me preocupa que un reglamento al final, determine este procedimiento”.

 

COLOMA

“Quiero aclarar que acá no hay expropiación, hay un sistema de servidumbre o concesión. La forma correcta de hacer esto es por esas dos figuras. En cuanto a la facultad de la fuerza pública para entrar a predios cuando hay ausencia de moradores u oposición de éstos, la Comisión Mixta resolvió bien este tema tan discutible. Creo que hay que pensar las políticas con sentido de realismo y esto es un ejemplo de ello”.

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