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A Ley proyecto sobre Donaciones con Fines Culturales

Esto luego que se aprobara la propuesta realizada por la Comisión Mixta, tanto en la Cámara como en el Senado. Esta instancia buscó aunar criterios luego de las divergencias surgidas en la tramitación legislativa

15 de mayo de 2013

En forma unánime, la Sala aprobó el informe de la Comisión Mixta respecto al proyecto que modifica la Ley sobre Donaciones con Fines Culturales. Éste tiene como fin ampliar la base de donantes y aumentar el universo de beneficiarios, reduciendo las restricciones a la ejecución de los proyectos y simplificando los procedimientos.

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Así las cosas, la iniciativa quedó en condiciones de convertirse en Ley, luego que la citada Comisión zanjara las diferencias surgidas entre diputados y senadores. Ello, gracias a que dicha instancia propusiera la redacción de un texto concordado que fue planteado por el Ejecutivo.

 

Cabe recordar que la Cámara de Diputados en el tercer trámite rechazó todas las indicaciones planteadas por la Cámara Alta en el segundo trámite, de allí la necesidad de conformar una Comisión Mixta.

 

La Comisión Mixta acogió el texto propuesto por el Ejecutivo, el que finalmente fue despachado por los diputados. De esta forma, el último paso de la tramitación era someter esta propuesta a la votación de los senadores.

 

Antes de hacerse ésta efectiva, el presidente de la Comisión Mixta, el senador Andrés Zaldívar explicó que los diputados en el tercer trámite rechazaron el articulado, como una manera de resguardar el patrimonio cultural y medioambiental, tema que terminará siendo analizado en una norma que enviará el Ejecutivo próximamente.

 

Por su parte, el senador Francisco Chahuán solicitó al Ejecutivo, en la persona del Ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet, impulsar el envío de un proyecto único de donaciones que permita simplificar y concretar este proceso, que generaría una sinergia público privada.

 

PROPUESTA COMISIÓN MIXTA

 

La propuesta establece como beneficiarios las universidades e institutos profesionales estatales, las bibliotecas abiertas al público en general o a las entidades que las administran, las corporaciones y fundaciones o entidades sin fines de lucro, las organizaciones comunitarias como juntas de vecinos, y las organizaciones de interés público cuyo objeto sea la investigación, desarrollo y difusión de la cultura y el arte.

 

Asimismo, la norma favorece a los museos estatales y municipales, así como los privados que estén abiertos al público en general y siempre que sean de propiedad y estén administrados por entidades o personas jurídicas que no persiguen fines de lucro.

 

Otros beneficiaros serán los propietarios de inmuebles que hayan sido declarados Monumento Nacional, y aquellos inmuebles que se encuentren ubicados en zonas, sectores o sitios publicados en la Lista del Patrimonio Mundial que elabora el Comité del Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).

 

La iniciativa establece como donantes a los contribuyentes que declaren sus rentas efectivas según contabilidad completa, y tributen conforme a las normas del impuesto de primera categoría. También incluye aquellos que estén afectos al impuesto global complementario, el único de segunda categoría y el impuesto adicional de la Ley sobre Impuesto a la Renta obligados a declarar anualmente.

 

A su vez, hace referencia a la conformación de un Comité Calificador de Donaciones Privadas, y a los requisitos que deberá tener una propuesta para ser considerada un proyecto a ser financiado por esta ley.

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